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Acuerdo 20 de 1933 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/06/1933
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/06/1933
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00201933

ACUERDO 20 DE 1933

(Junio 21)

"Por el cual se asocia el Municipio a la celebración del centenario natalicio de Rafael Pombo".

El Concejo de Bogotá

Ver el Acuerdo Distrital 31 de 1912

CONSIDERANDO:

1. Que el día 7 de noviembre próximo se cumplirá el primer centenario del natalicio del gran poeta bogotano Rafael Pombo, gloria de América y de las letras españolas;

2. Que es deber de las corporaciones públicas honrar la memoria de los ciudadanos que han contribuido a dar lustre a las letras patrias y a mantener el prestigio cultural de la Atenas Suramericana, haciendo perdurable su recuerdo, y

3. Que tanto el Congreso nacional como la Asamblea de Cundinamarca se han asociado al homenaje que, por iniciativa del centro literario "Rafael Pombo", se le tributará al ilustre hijo de Bogotá, el día 7 de noviembre próximo,

ACUERDA:

ARTICULO 1. El Municipio de Bogotá se asocia a la celebración del centenario del poeta Rafael Pombo, que tendrá lugar el próximo 7 de noviembre, y rinde un homenaje de administración y gratitud a la memoria de este ilustre hijo de la ciudad capital.

ARTICULO 2. El Municipio erigirá un monumento simbólico, de acuerdo con el centro literario "Rafael Pombo" y la Academia nacional de Bellas Artes, en el sitio que la Alcaldía y estas entidades determinen.

ARTICULO 3. Destínase la suma de mil quinientos pesos ($ 1.500), para dar cumplimiento a este Acuerdo, y autorizase, al señor Alcalde para abrir el crédito correspondiente, tomando la partida del artículo 67, Capítulo II ¿ Departamento de Hacienda ¿ del Presupuesto de la actual vigencia.

ARTICULO 4. En las ceremonias que se verifiquen para celebrar el centenario natalicio de Rafael Pombo, el Concejo se hará representar por una comisión de su seno.

ARTICULO 5. Este Acuerdo regirá desde su promulgación.

Dado en Bogotá, a veintiuno de junio de mil novecientos treinta y tres.

El Presidente,

SIXTO RODRIGUEZ V.

El Secretario, Abel Botero

Alcaldía de Bogotá ¿ Junio 22 de 1933

Publíquese y ejecútese.

LUIS PATIÑO GALVIS

El Secretario de Gobierno,

Carlos de Mendoza Vargas.

Gobernación de Cundinamarca ¿ Bogotá, 3 de julio de 1933

Es exequible.

LIBORIO CUELLAR DURAN

El Secretario de Gobierno

Carlos Suárez Latorre