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Acuerdo 30 de 1935 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/12/1935
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/12/1935
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00301935

ACUERDO 30 DE 1935

(Diciembre 10)

"Por el cual se da el nombre de Avenida Uribe Uribe a una vía pública de la ciudad, se vende una zona de terreno en el Cementerio Central y se dicta otra disposición".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ,

ACUERDA:

ARTICULO 1.º Desde la sanción del presente Acuerdo el sector de la carrera 7ª comprendido entre el sitio denominado "Santa Ana" y la calle 10 de esta ciudad, se llamará "Avenida Uribe Uribe".

ARTICULO 2.º Autorízase al personero municipal para vender, por la suma de diez pesos ($10) al Sindicato de Ferrocarrileros Nacionales, un lote de terreno de un cabida de sesenta (60) metros cuadrados, en el Cementerio Central.

ARTICULO 3.º El precio a que debe vender el personero municipal a los sindicatos las áreas de terreno de que trata la autorización conferida por el artículo 5º del Acuerdo número 4 de 1935, será de cinco pesos ($5) moneda corriente por cada superficie de treinta (30) metros cuadrados.

ARTICULO 4.º Este Acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a diez de Diciembre de mil novecientos treinta y cinco.

El Presidente, JORGE ELIECER GAITAN.

El Secretario, Hernando Téllez.

Alcaldía de Bogotá.

Despacho del Alcalde

Diciembre 23 de 1935.

Publíquese y ejecútese.

C. ARANGO VELEZ

El Secretario de Gobierno, G. Nannetti.

Gobernación de Cundinamarca.

Bogotá, Diciembre 23 de 1935.

Es Exequible.

LUIS TAMAYO.

Por el Secretario de Gobierno, a. Latorre Rizo.