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Resolución 0528 de 2018 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

Fecha de Expedición:
23/07/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/08/2018
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50672 del 1 de agosto de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 528 DE 2018

 

(Julio 23)


Derogada por el art. 8, Resolución 574 de 2022.

 

Por la cual se adopta la guía metodológica del programa de conexiones intradomiciliarias de acueducto y alcantarillado

 

EL MINISTRO DE VIVIENDA, CIUDAD Y TERRITORIO

 

En ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 2° del Decreto número 3571 de 2011 y en los artículos 2.3.4.4.2, y siguientes del Capítulo 4, del Título 4, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto número 1077 del 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 130 de la Ley 1450 de 2011 vigente acorde con lo dispuesto en el artículo 267 de la Ley 1753 de 2015 establece que la Nación y las entidades territoriales podrán subsidiar programas de conexiones intradomiciliarias a los inmuebles de estratos 1 y 2, conforme a los criterios de focalización que defina el Gobierno nacional, en los cuales establecerá los niveles de contrapartida de las entidades territoriales para acceder a estos programas;

 

Que en la Ley 1450 de 2011 “por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014” como lineamiento para garantizar una mayor sostenibilidad de las ciudades, se estableció dentro de las acciones estratégicas, la de promover la ampliación de coberturas reales a través de esquemas para el financiamiento de conexiones intradomiciliarias para los hogares más pobres;

 

Que el alcance y criterios de focalización para la implementación del programa de conexiones intradomiciliarias, se encuentran establecidos en los Decretos números 1350 de 2012 y 490 de 2013, hoy compilados en el Capítulo 4, del Título 4, de la Parte 3, del Libro 2 del Decreto número 1077 del 26 de mayo de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio;

 

Que mediante la Resolución número 494 de 2012 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, modificada parcialmente por la Resolución número 169 de 2013, se establecieron los lineamientos y etapas para la implementación del programa de conexiones intradomiciliarias;

 

Que desde la entrada en vigencia de la normativa que reglamenta al programa de conexiones intradomiciliarias, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio ha liderado la implementación y financiamiento del programa en diferentes municipios del país, identificando debilidades en el desarrollo de las etapas de estructuración de proyectos a cargo de las entidades territoriales;

 

Que, teniendo en cuenta la importancia e interés que ha generado a nivel nacional el programa de conexiones intradomiciliarias, dado que busca solucionar la problemática de conectividad efectiva a las redes de acueducto y alcantarillado de los inmuebles de estratos 1 y 2, habitados por familias que carecen de recursos económicos para cubrir la totalidad de sus necesidades básicas insatisfechas, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio como rector de la política de agua y saneamiento básico, ha elaborado una guía metodológica con el fin de proporcionar, a la luz de las experiencias adquiridas, herramientas para su implementación, que faciliten superar las debilidades advertidas;

 

Que por lo anterior, se adoptará dicha guía, para que sirva como instrumento de consulta y referencia a las entidades territoriales y, en general, a todos los actores involucrados en la implementación del programa de conexiones intradomiciliarias;

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Adoptar la guía metodológica del programa de conexiones intradomiciliarias de acueducto y alcantarillado como instrumento de consulta y referencia para las entidades territoriales y demás actores involucrados en su implementación.

 

Artículo 2°. La guía adoptada mediante la presente resolución es únicamente instructiva y no modifica en absoluto la normativa vigente que reglamenta al programa de conexiones intradomiciliarias de acueducto y alcantarillado.

 

Artículo 3°. La guía metodológica del programa de conexiones intradomiciliarias de acueducto y alcantarillado estará publicada y disponible en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio www.minvivienda.gov.co., a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

 

Parágrafo. El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio podrá bajo criterios técnicos y normativos evaluar la necesidad de revisar, actualizar o ajustar la guía adoptada en la presente resolución.

 

Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D. C., a los 23 días del mes de julio del año 2018.

 

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio,

 

Camilo Sánchez Ortega.

 

(C. F.).