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Acuerdo 1 de 1987 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/01/1987
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/07/1987
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 1 DE 1987

ACUERDO 1 DE 1987

(Enero 15)

"Por el cual el Distrito Especial de Bogotá se asocia a la celebración del primer centenario del nacimiento del Doctor ALFONSO LOPEZ PUMAREJO"

EL CONCEJO DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTÁ

En ejercicio de sus atribuciones legales,

ACUERDA:

ARTICULO 1. Ordénase erigir un monumento en el centro del Claustro del Concejo de Bogotá que plasme para el presente y futuro de Colombia la renovada vitalidad de las ideas que inspiraron la acción de ALFONSO LOPEZ PUMAREJO.

PARAGRAFO 1. La Secretaria de Obras públicas y de Educación y el Instituto de Cultura y Turismo de Bogotá solicitarán a la Universidad Nacional, Facultad de Arte la asesoría para la convocatoria del concurso de méritos y la selección del mejor proyecto por un jurado que integrará la Comisión de la Mesa directiva del Concejo y el Alcalde.

ARTICULO 2. Ordénase a todos los Planteles Educativos del Distrito la enseñanza y práctica de la democracia como ejercicio permanente de la razón que permita al servicio educativo convertirse en instrumento idóneo para buscar la igualdad entre los hombres.

En cada uno de los planteles Educativos, los estudiantes eligirán sus representantes y miembros de organizaciones culturales, deportivas y similares. La administración reglamentará la presente disposición asignando funciones a las organizaciones y a los respectivos representantes.

ARTICULO 3. Ordénase la restauración de la casa donde vivió Alfonso López Pumarejo, ubicada dentro de las instalaciones de la Concentración Distrital "Centro de Estudios del Niño", la cual se destinará al funcionamiento de una Biblioteca Pública que llevará su nombre y desarrollará actividad cultural permanente, con el fin de rescatar los valores de la cultura popular. En las instalaciones del antiguo Hipódromo de Techo se adecuará un sitio donde funcionará otra Biblioteca pública.

PARÁGRAFO PRIMERO. El Instituto de Desarrollo Urbano, con la asesoría de la Corporación la Candelaria, adelantará las gestiones para la ejecución de las obras de restauración de la casa y adecuación de las instalaciones del Hipódromo de Techo.

ARTICULO 4. El Concejo Educativo en construcción que hoy se denomina Argelia, Carvajal llevará el nombre de Colegio Distrital "ALFONSO LOPEZ PUMAREJO" como homenaje a quien creyó en la capacidad creadora de nuestro pueblo.

PARÁGRAFO PRIMERO. El Colegio Distrital "ALFONSO LOPEZ PUMAREJO" contará con secciones de extensión cultural y Promoción Comunitaria, atención en salud integral y de investigación que permitan la elaboración de proyectos que impulsen la aplicación del conocimiento al trabajo productivo.

PARÁGRAFO SEGUNDO. Para el éxito de lo propuesto en este Artículo, deberán vincularse todas las Entidades Distritales que tienen o tengan responsabilidad de atender al sector social de la ciudad.

ARTICULO 5. Ordénase a la Secretaría de Gobierno editar una antología de las obras de "ALFONSO LOPEZ PUMAREJO" que abarque toda su vida.

PARÁGRAFO PRIMERO. Para el cumplimiento de lo dispuesto en este Artículo la Lotería de Bogotá destinará de su presupuesto de publicidad los recursos necesarios para contratar la preparación y edición popular de 20.000 ejemplares de la Antología, la cual será distribuida en la Bibliotecas Escolares y Comunales y a las Organizaciones Sindicales y Cívicas.

ARTICULO 6. Créase la sala ALFONSO LOPEZ PUMAREJO en la Biblioteca Distrital Antonio Nariño, sede del sistema Metropolitano de Bibliotecas, donde estará en exposición permanente una Iconografía sobre la vida del Expresidente y sobre el período histórico en que se desenvolvió.

ARTICULO 7. Ordénase a la Secretaría de Obras públicas, la remodelación y ordenato del parque ALFONSO LOPEZ PUMAREJO, de la zona 13, Teusaquillo, en donde se colocará una placa conmemorativa de la efemérides. Para fomentar la Utilización cultural y deportiva de este sitio, asígnanse al Instituto de Cultura y Turismo y al Instituto de Recreación y Deporte la realización de programaciones permanentes en este parque y una especial cada año, al conmemorarse un aniversario más del nacimiento del Expresidente.

ARTICULO 8. Autorízase a la administración para efectuar las modificaciones presupuestales a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Acuerdo.

ARTICULO 9. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá, D.C, a los quince(15) días del mes

de Enero de mil novecientos ochenta y siete (1987).

Presidente, CLARA LOPEZ OBREGON.

Secretario General del Concejo, Jorge Enrique Sánchez Jiménez.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 396 de Julio 24 de 1987.