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ACUERDO 4 * DE 1873 (Febrero 21) Suprimiendo las Juntas del Ramo de aguas y de cementerios. LA MUNICIPALIDAD DE BOGOTÁ ACUERDA: ARTICULO 1. Suprímense las Juntas que administran los Ramos de aguas y de cementerios.ARTICULO 2. Las funciones y deberes atribuidos a aquellas Juntas serán ejercidos por el Jefe Municipal, observando las disposiciones contenidas en los acuerdos sobre la materia, que regían antes de la creación de las mencionadas Juntas. ARTICULO 3. Los productos del Ramo de aguas y cementerios son fondos de aplicación especial, respectivamente; en consecuencia, ninguna cantidad de estos fondos podrá destinarse para otros objetos que para las atenciones de aquellos establecimientos, siendo responsable el Tesorero de lo que pague para objetos distintos, y lo mismo el Jefe Municipal, si ordenarse el gasto: la responsabilidad será solidaria. ARTICULO 4. La Municipalidad nombrará una Comisión de su seno, compuesta de dos Regidores, para que visiten, siempre que lo crean conveniente, lo libros y la caja de la Tesorería del Distrito, con el objeto de cerciónarse si ha dado fiel cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior, e informe a la Municipalidad del resultado de sus visitas. Dado en Bogotá, a 17 de Febrero de 1873. El Presidente, NICOLAS LEIVA El Secretario. Antonio J. Salazar Jefatura Municipal . Bogotá, Febrero 21 de 1873. Publíquese y ejecútese. El Jefe Municipal, Manuel J. Angarita El Secretario, Luis B. Valenzuela. * NOTA: El número anotado, se introdujo para efectos de incorporación al sistema, por cuanto el texto original no trae numeración. |