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Acuerdo 33 de 1922 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/07/1922
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/07/1922
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 33 DE 1922

ACUERDO 33 DE 1922

(Julio 12)

por el cual se crea la Junta asesora de los Cementerios.

EL CONSEJO MUNICIPAL DE BOGOTÁ,

En uso de sus facultades legales, y haciéndose el intérprete del sentimiento público de mantener vivo el culto por los muertos, y de que los Cementerios correspondan debidamente a las necesidades de éste y de la higiene pública,

ACUERDA:

ARTICULO 1. Crear una Junta especial para que asesore al Alcalde en todo lo relativo a los Cementerios y a cuyo cuidado estará de hecho encomendado el estudio de todos sus problemas y necesidades.

ARTICULO 2. La Junta estará integrada por un miembro del Concejo y por un particular, elegidos por éste y del Director de Higiene Municipal.

ARTICULO 3. La Junta queda autorizada para aceptar y recibir donaciones, organizar bazares y toda clase de funciones teatrales, con el fin exclusivo de allegar fondos para mejorar las condiciones de los Cementerios existentes y para la construcción de los nuevos.

ARTICULO 4. Será Tesorero de la Junta Asesora, el Administrador de los Cementerios, quien prestará fianza como los empleados de manejo similares, y rendirá sus cuentas mensualmente dentro de los cinco días del mes siguiente, al señor Tesorero Municipal, para que las incorpore en las cuentas de la Tesorería.

Al Tesorero de la Junta se le entregará cada mes por la Tesorería Municipal la suma de quinientos pesos ($ 500) para atender a todos los gastos de los Cementerios.

ARTICULO 5. El periodo de la Junta será el de un año, a partir de la fecha de la elección de sus miembros.

ARTICULO 6. El presente Acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a siete de julio de mil novecientos veintidós.

El Presidente,

LUIS SAMPER SORDO

El Secretario,

A. Salgar de la Cuadra.

Alcaldía de Bogotá . Julio 12 de 1922.

Publíquese y ejecútese.

ERNESTO S. DE SANTAMARIA

Leonidas Ojeda A., Secretario

Gobernación de Cundinamarca . Bogotá, julio 24 de 1922.

Es exequible.

EDUARDO BRICEÑO

El Secretario de Gobierno

Francisco Antonio Balcázar.