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Acuerdo 75 de 1942 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/09/1942
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/09/1942
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 75 DE 1942

(Septiembre 17)

por el cual se decreta un auxilio a favor de la Caja de Previsión Social del Municipio.

El Concejo de Bogotá

Ver el Decreto Distrital 367 de 2002

ACUERDA:

ARTICULO 1. Auxiliase a la Caja de Previsión Social de los empleados y obreros del Municipio, con la suma de mil quinientos pesos ($ 1.500) mensuales y con destino exclusivo al sostenimiento de los servicios que presta la policlínica de la Caja a los empleados y obreros municipales.

PARAGRAFO. Las cantidades que la Caja de Previsión Social Municipal tenga en su poder por concepto de "administración de casas", se destinan a favor de esta entidad a cambio de los intereses que deja de percibir en el curso de la presente vigencia.

ARTICULO 2. Derógase el artículo 15 del Acuerdo número 33 de 1938 y el artículo 19 del Acuerdo número 5 de 1939.

ARTICULO 3. Este Acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a quince de septiembre de mil novecientos cuarenta y dos.

Alcaldía de Bogotá. Septiembre 17 de 1942.

Publíquese y ejecútese.

CARLOS S. DE SANTAMARIA.

El Secretario de Gobierno, Gustavo A. Valbuena.

El Secretario de Hacienda, Julio Samper.

Gobernación de Cundinamarca. Secretaría de Gobierno. - Revisión de Acuerdos Muncipales. Bogotá, septiembre 23 de 1942.

Es exequible.

ABELARDO FORERO BENAVIDES, Gobernador. Por el Secretario de Gobierno, Marco Aurelio Herrera.