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Acuerdo 39 de 1916 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/09/1916
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/09/1916
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 39 DE 1916

(Septiembre 14)

Por el cual se crea un nuevo Taller de artes y labores manuales para señoritas en esta ciudad.

EL CONCEJO DE BOGOTÁ,

En uso de sus atribuciones legales,

Ver el Acuerdo Municipal 1 de 1916

ACUERDA:

ARTICULO 1. Fúndase en la ciudad un nuevo Taller de artes y labores manuales para señoritas, igual al que ha venido funcionando en la parte norte, creado por Acuerdo número 1. De 1914,

PARAGRAFO. La designación del barrio en que deba establecerse este Taller se hará por el Consejo Directivo del mismo.

ARTICULO 2. El pensum de este Taller será el mismo acordado por el creado según el Acuerdo referido numero 1. De 1914, y el personal y sueldos serán iguales a los establecidos en dicho Acuerdo.

ARTICULO 3. La directora ay la Subdirectora del Taller serán nombradas por el Consejo Directivo del mismo, entre la maestras que reúnan las condiciones necesarias de honorabilidad y de práctica en las tareas del profesorado. Dichas condiciones se comprobarán por medio de certificados suscritos por personas de reconocida responsabilidad.

El Consejo Directivo del Taller estará formado por el Alcalde de la ciudad, el Presidente del Concejo, un Concejal inspector y dos señoras, designados estos tres últimos por el mismo Concejo.

Para la designación de profesores se tendrán en cuenta las disposiciones del Acuerdo número 1 de 1916.

ARTICULO 4. Los gastos que ocasiones el establecimiento y sostenimiento del Taller serán incluídos en el Presupuesto de cada año.

Dado en Bogotá, a ocho de septiembre de mil novecientos diez y seis.

El Presidente,

SIMON ARAÚJO

El Secretario, Antonio M. Londoño

Alcaldía Municipal – Bogotá, Septiembre 11 de 1916

Publíquese y ejecútese.

A. MARROQUIN

El Oficial Mayor, Angel M. Olivos.

Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, Septiembre 14 de 1916.

Es exequible.

J.R. LAGO

El Director General de Instrucción Pública,

Roberto Cortázar