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ACUERDO 48 DE 1928 (Julio 27) por el cual se aumenta un auxilio (Instituto colombiano para ciegos). EL CONCEJO DE BOGOTA, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, ACUERDA: ARTICULO 1. Auméntase en cien pesos ($100) la partida destinada para el Instituto colombiano para ciegos.ARTICULO 2. Las sumas para atender a los gastos creados por el presente acuerdo se tomarán del capítulo IV, artículo 26, inciso 27 del presupuesto de rentas y gastos de la actual vigencia. ARTICULO 3. Este acuerdo regirá desde el día 1 de enero del presente año. Dado en Bogotá, a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos veintiocho. El Presidente, JUAN ANTONIO MONTOYA El Secretario, MIGUEL SANTAMARIA CARO Alcaldía de Bogotá, Julio 17 de 1928. Publíquese y ejecútese. JOSE M. PIEDRAHITA El Secretario de Gobierno, HERNANDO DE VELASCO El Secretario de Hacienda, ALIPIO PABÓN G. Gobernación de Cundinamarca . Bogotá, agosto 2 de 1928. Es exequible. RUPERTO MELO El Secretario de Gobierno, IGNACIO BARBERI
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