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ACUERDO 18 DE 1880 (Junio 30) reformatorio del que crea el Consejo de Instrucción pública primaria del Distrito* LA MUNICIPALIDAD DE BOGOTA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, ACUERDA: El Consejo de Instrucción pública primaria del Distrito se compondrá de cinco miembros, tres nombrados por la Municipalidad, el Alcalde y el Superintendente de las Escuelas de Bogotá.ARTICULO 2. La Municipalidad nombrará el Superintendente, y además de las funciones y deberes que actualmente tiene, pasará un informe mensual sobre los adelantos y observaciones que haga en el desarrollo de la instrucción. PARAGRAFO. El sueldo será pagado por el Consejo y con los fondos pertenecientes a este Ramo de Instrucción. ARTICULO 3. Pagados los Directores, locales y demás empleados que prestan servicios en la Instrucción, el sobrante de la renta cedido por la Municipalidad al Ramo de enseñanza, acrecerá los fondos comunes del Distrito. ARTICULO 4. Este acuerdo comenzará a regir desde su sanción, y se harán los nombramientos expresados en los artículos anteriores. Dado en Bogotá, a 28 de Junio de 1880 El Presidente, D. ALDANA El Secretario, LUIS PONCE TOLEDO Alcaldía del Distrito.- Bogotá, Junio 30 de 1880 Publíquese y ejecútese. El Alcalde ALEJANDRO BORDA El Secretario, ELIAS JAIMES * Derogado. Véase el acuerdo número 18 de 1884. |