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Acuerdo 4 de 1923 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/03/1923
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/03/1923
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO DE

ACUERDO 4 DE 1923

(Marzo 3)

por el cual se fomentan los deportes físicos en la ciudad.

EL CONCEJO DE BOGOTA,

EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, Y

CONSIDERANDO:

Que los niños concurrentes a las Escuelas primarias no reciben una conveniente educación física debido a la insuficiente capacidad de los locales, lo cual da como resultado la endeble organización fisiológica de la infancia:

Que una de las bases fundamentales de la propaganda antialcohólica es la creación de los deportes físicos, que resten personal a las tabernas y proporcionen al pueblo diversiones sanas y provechosas; y

Que es deber moral de toda autoridad propender por el bien inspirado adelanto físico y espiritual de los asociados;

ACUERDA:

ARTICULO 1. Foméntanse los juegos deportivos en las Escuelas primarias de la ciudad, para lo cual el Alcalde, de acuedo con el Inspector Escolar del Municipio, dictará las medidas conducentes al fin que se persigue, destinando al efecto uno o más lotes de los que posee el Municipio.

ARTICULO 2. El Alcalde procederá igualmente a señalar uno o más predios sobre los cuales tenga dominio el Municipio, para establecer en ellos campos populares de recreación deportiva.

ARTICULO 3. Destínase hasta la suma de dos mil pesos ($2,000) anuales para los gastos que demande el implantamiento y conservación de las medidas del presente Acuerdo, de conformidad con la organización y desarrollo que les dé el Alcalde.

ARTICULO 4. Autorízase al Alcalde para hacer en el Presupuesto los traslados que demande el cumplimiento de este Acuerdo.

Dado en Bogotá, a primero de marzo de mil novecientos veintitres.

El Presidente,

EDUARDO SANTOS

El Secretario,

A. SALGAR DE LA CUADRA

Alcaldía de Bogotá, Marzo 3 de 1923

Publíquese y ejecútese.

ERNESTO S. DE SANTAMARÍA

Secretario,

LEONIDAS OJEDA A.

Gobernación de Cundinamarca - Bogotá, marzo 13 de 1923

Es exequible.

EDUARDO BRICEÑO

El Secretario de Gobierno

FRANCISCO ANTONIO BALCÁZAR