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Acuerdo 16 de 1992 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/10/1992
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/12/1992
Medio de Publicación:
Registro Distrital 714 del 9 de diciembre de 1992
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 16 DE 1992

"Por el cual se autoriza al Alcalde Mayor para celebrar contratos de crédito interno".

EL CONCEJO DE SANTAFE DE BOGOTA, D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

ACUERDA:

Ver Acuerdo Distrital 11 de 1983

ARTICULO PRIMERO.- Autorízase al Alcalde Mayor para contratar empréstitos internos hasta por la suma de siete mil millones de pesos ($7.000.000.000). La operación aquí autorizada, también podrá realizarse mediante la emisión de bonos de deuda pública por la cuantía señalada o por la suma parcial de la misma

ARTICULO SEGUNDO.- La autorización a que se refiere el Artículo anterior no comprende las facultades necesarias para acordar plazos y tasas de interés, otorgar las garantías correspondientes y convenir los demás términos de los contratos, con sujeción a las disposiciones nacionales y distritales vigentes en la materia. Una vez el gobierno defina la materia, deberá llevar a la Comisión de Presupuesto para la aprobación respectiva.

ARTICULO TERCERO.- El objeto de estos empréstitos o de la emisión de bonos es la ejecución de contratos nuevos a cargo del Distrito Capital en Educación, Vías, Salud y Recreación en el Programa Ciudad Bolívar. El programa en detalle se aprobará por la Comisión de Presupuesto, Hacienda y Crédito Público del Cabildo Distrital.

Las obras que se financien con el producto del empréstito autorizado en el presente Acuerdo, deberán contratarse por las siguientes Entidades: Secretaría de Obras (FOSOP), Secretaría de Salud, Recreación y Deportes y Acción Comunal.

ARTICULO CUARTO.- Autorízase al Alcalde Mayor para ejecutar las operaciones necesarias a fin de incorporar al presupuesto distrital vigente el valor de los empréstitos contratados y/o de los bonos emitidos.

ARTICULO QUINTO.- Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su promulgación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los trece (13) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos (1992).

CARLOS LEMOS SIMMONS

RAFAEL TORRES MARTIN

Presidente

Secretario General

JAIME CASTRO

Alcalde Mayor de Santafé de Bogotá

EDUARDO FERNANDEZ DELGADO

Secretario de hacienda

Nota: Publicado en el Registro Distrital 714 de Diciembre 09 de 1992