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Acuerdo 26 de 1958 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/11/1958
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/12/1958
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO DE

ACUERDO 26 DE 1958

(Diciembre 3)

por el cual se modifican los artículos 4 y 10 del Acuerdo número 2 de 1947, y se adiciona el artículo 1 del Acuerdo número 3 de 1958.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE BOGOTÁ, D.E.,

ACUERDA:

ARTICULO 1. La pensión de jubilación de los trabajadores del Distrito Especial de Bogotá, incluyendo los de las Empresas Descentralizadas, se regirá por las normas legales sobre la materia, aplicables a trabajadores oficiales de la Nación.

ARTICULO 2. Al considerarse el tiempo de servicio de los trabajadores distritales, para efectos de reconocimiento y pago de prestaciones sociales, los períodos de incapacidad hasta por ciento ochenta (180) días, debida a enfermedad, maternidad, o accidente, no determinarán discontinuidad en el servicio. Esta incapacidad deberá ser fijada por los médicos de la Caja de Previsión.

ARTICULO 3. Las disposiciones del presente Acuerdo se aplicarán a las solicitudes en que al iniciarse la vigencia de este no se haya terminado la tramitación administrativa en la Caja de Previsión Social Distrital.

ARTICULO 4. El Secretario de Hacienda formará también parte de la Junta Distrital de Hacienda, con voz y voto. Queda en los anteriores términos adicionando el artículo 1 del Acuerdo número 3 de 1958.

ARTICULO 5. El presente Acuerdo rige desde su sanción.

Dado en Bogotá, a 28 de noviembre de 1958.

El Presidente, CROTATAS LONDOÑO,

- El Secretario, Alvaro Ahumada Garay.

Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá,

Bogotá, D.E., 3 de diciembre de 1958.

Publíquese y ejecútese.

JUAN PABLO LLINAS,

El Secretario de Gobierno . Pedro M. Carreño Mallarino.

- El Secretario de Hacienda, Augusto Ramírez Ocampo.