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Acuerdo 65 de 1946 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/11/1946
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/12/1946
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 65 DE 1946

ACUERDO 65 DE 1946

(Diciembre 2)

Por el cual se auxilian las delegaciones de Bogotá, a la II Convención Nacional de Trabajadores Municipales, que tendrá lugar en la ciudad de Cali.

EL CONCEJO DE BOGOTÁ,

ACUERDA:

ARTICULO 1. Auxiliase con la cantidad de ciento cincuenta pesos ($ 150) a cada uno de los delegados de los Sindicatos de Trabajadores del Municipal de Bogotá y de sus Empresas, y a los miembros del Comité Ejecutivo de la Federación Nacional de Trabajadores Municipales, que concurran a la II Convención Nacional de Trabajadores al servicio de los Municipios del país, que tendrá lugar en la ciudad de Cali en el próximo mes de diciembre.

ARTICULO 2. El Contralor Municipal, previo concepto del Personero, reglamentará en todos sus detalles este auxilio, para garantizar su conveniente inversión.

ARTICULO 3. Los trabajadores del Municipio de concurran a la II Convención Nacional de Trabajadores Municipales, en Cali, tendrán derecho a que se les conceda la licencia correspondiente, tiempo durante el cual gozarán de la totalidad de sus respectivos sueldos o jornales.

PARAGRAFO. Los delegados deberán presentar sus correspondientes credenciales expedidas por las Directivas de los respectivos Sindicatos Municipales.

ARTICULO 4. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1. De este Acuerdo, el Concejo apropiará hasta la cantidad de cinco mil setecientos pesos ($ 5.700).

ARTICULO 5. Este Acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a veintiocho de noviembre de mil novecientos cuarenta y seis.

El Presidente, EDUARDO CUELLAR

. El Secretario, Luis González S.

Alcaldía de Bogotá . Diciembre 2 de 1946.

Publíquese y ejecútese.

JUAN SALGAR MARTIN

. El Secretario de Gobierno, Alberto Aguilera Camacho

. El Secretario de Hacienda, Daniel Jaramillo

. El Secretario de Obras Públicas, Alvaro González Bernal

Gobernación de Cundinamarca . Secretaria de Gobierno . Revisión de Acuerdos Municipales . Bogotá, diciembre 6 de 1946.

Es exequible.

MIGUEL ARTEAGA, Gobernador

. El Secretario de Gobierno, Manuel F. Pabón.