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Acuerdo 2 de 1948 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/01/1948
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/01/1948
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 2 DE 1948

(Enero 29)

Por el cual se adiciona el Acuerdo número 40 de 1945 y se subroga el parágrafo del artículo 1 del Acuerdo 63 de 1946, sobre prima de Navidad.

EL CONCEJO DE BOGOTÁ.

Ver el Acuerdo Distrital 40 de 1945 , Ver el Acuerdo Distrital 2 de 1948

ACUERDA:

ARTICULO 1. Fíjase la cuantía de la prima de Navidad para los empleados y obreros al servicio del Municipio, a que se refiere el Acuerdo número 40 de 1945, en una suma equivalente al valor mensual del sueldo del empleado o a treinta (30) días de jornal del respectivo trabajador.

PARAGRAFO. En caso de que dos o más personas hayan servido el cargo esta bonificación se liquidará y pagará proporcionalmente al tiempo servido. Y si el empleado u obrero no figurare en las nóminas o listas de jornales del mes de diciembre y haya servicio al Municipio no menos de seis (6) meses, tendrá derecho a la parte proporcional de dicha bonificación.

ARTICULO 2. Queda en los anteriores términos subrogado el parágrafo del artículo 1 del Acuerdo 63 de 1946.

ARTICULO 3. Este Acuerdo regirá desde su publicación en los "anales del Concejo".

Dado en Bogotá, a veintisiete de enero de mil novecientos cuarenta y ocho.

El Presidente, LUIS PIÑEROS SUAREZ

– El Secretario, Luis González s.

Alcaldía de Bogotá – Enero 29 de 1948

Publíquese y ejecútese.

FERNANDO MAZUERA VILLEGAS

– El Secretario de Gobierno, Ernesto Aparicio J.

El Secretario de Hacienda, Roberto J. Herrera

– El Secretario de Obras públicas, Antonio Morales B.

("Anales del Concejo", número 1498, febrero 3 de 1948)

Gobernación de Cundinamarca – Secretaría de Gobierno – Revisión de Acuerdo Municipales – Bogotá, febrero 13 de 1948.

Es exequible.

VICENTE GUZMAN ALVARES, Gobernador

– El Secretario de Gobierno, Carlos Lara Olaya.