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Acuerdo 5 de 1954 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/12/1954
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/1954
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 5 DE 1954

(Diciembre 30)

por el cual se adicionan las disposiciones sobre Prima de Navidad.

EL CONSEJO ADMINISTRATIVO DE BOGOTÁ,

Ver el Acuerdo Distrital 118 de 1956

ACUERDA:

ARTICULO 1. Adiciónase el Acuerdo número 63 de 1946 en el sentido de que quienes hayan trabajado en las Empresas Descentralizadas Municipales menos de siete (7) meses en el año, tendrán derecho a una Prima de Navidad proporcional al tiempo servido.

PARAGRAFO. Las liquidaciones de prestaciones sociales y Prima de Navidad, ya pagadas, no serán revisadas con base en la presente disposición.

ARTICULO 2. Este Acuerdo regirán desde su sanción.

Dado en Bogotá, a 28 de diciembre de 1954.

El Presidente, ROBERTO SALAZAR GOMEZ,

- El Secretario Interino, Ernesto Delgado.

Alcaldía de Bogotá, Diciembre 30 de 1954.

Cúmplase y ejecútese.

ROBERTO SALAZAR GOMEZ– Alcalde Mayor

- El Secretario de Gobierno, Jorge Holguín Pombo

- El Secretario de Hacienda, Fernando Caycedo.

Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, enero 8 de 1955.

Es exequible.

IGNACIO UMAÑA DE BRIGARD, Gobernador

– El Secretario de Gobierno, Germán Rueda Escobar.