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Acuerdo 55 de 1923 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
31/08/1923
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/09/1923
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 55 DE 1923

ACUERDO 55 DE 1923

(Septiembre 3)

por el cual se reconocen los salarios a los obreros municipales el día 1. de mayo, Fiesta del Trabajo.

EL CONSEJO MUNICIPAL DEL BOGOTÁ,

En uso de sus atribuciones legales,

ACUERDA:

ARTICULO 1. Reconócese a favor de los obreros al servicio del Municipio de Bogotá, el 1. De mayor, Fiesta del Trabajo, cualquiera que sea la dependencia administrativa o al empresa municipal a que pertenezcan, el doble del salario si prestaren sus servicios en dicho día; el cincuenta por ciento de aumento en el salario acostumbrado, si trabajaren medio jornal, y el salario correspondiente a un día no prestaren sus servicios.

ARTICULO 2. Para el pago del presente año, el señor Alcalde queda facultado para hacer los traslados del caso; y en lo sucesivo, dicho funcionario incluirá la partida necesaria en el respectivo Presupuesto.

PARAGRAFO. En los Presupuesto de las Empresas del Municipio de la próxima vigencia y de las siguientes, se incluirá la partida correspondiente para la efectividad de este Acuerdo, antes de someterse a la aprobación del Concejo.

ARTICULO 3. El presente Acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a treinta y uno de agosto de mil novecientos veintitres.

FEDERICO LLERAS ACOSTA

El Secretario, A. Salgar de la Cuadra

Alcaldía de Bogotá . Septiembre 3 de 1923.

Publíquese y ejecútese

ERNESTO S. DE SANTAMARIA

Leonidas Ojeda A. Secretario.

Gobernación de Cundinamarca . Bogotá, septiembre 7 de 1923.

Es exequible.

EDUARDO BRICEÑO.

El Secretario de Gobierno,

Francisco Antonio Balcázar.