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Acuerdo 5 de 1943 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/01/1943
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/01/1943
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 5 DE 1943

ACUERDO 5 DE 1943

(enero 30)

sobre defensa y conservación de las construcciones coloniales

El Concejo de Bogotá,

ACUERDA:

Artículo 1º.- Prohíbese la demolición de casas coloniales e históricas y las refecciones de las mismas que alteren o modifiquen su estilo y les quiten las características que las hagan dignas de ser conservadas.

Artículo 2º.- Por la Alcaldía se solicitará de la Academia Nacional de Historia y de la Sociedad de Mejoras y Ornato, una lista de las casas coloniales que merezcan ser conservadas y de aquéllas en las cuales hayan ocurrido acontecimientos que puedan haber influido notablemente en la historia nacional.

Artículo 3º.- La Secretaría de Obras Públicas se abstendrá de dar licencias para demolición y sobre refecciones que no se ajusten a las normas establecidas en el artículo 1 de este Acuerdo, en relación con las casas que figuren en la lista de que trata el artículo anterior.

Artículo 4º.- Este Acuerdo regirá desde su sanción.

Publíquese y ejecútese

Dado en Bogotá, a 30 de enero de 1943.

El Alcalde Mayor, CARLOS S. DE SANTAMARÍA. El Secretario de Obras Públicas, ALFREDO BATEMAN.

NOTA: Ver Acuerdo 3 de 1971; Acuerdo 9 de 1977; Acuerdo 25 de 1996.