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Acuerdo 101 de 1956 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/09/1956
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/09/1956
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO DE

ACUERDO 101 DE 1956

(Septiembre 11)

por el cual se conceden algunas autorizaciones a la Empresa de Teléfonos de Bogotá, D.E.

EL CONSEJO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITAL ESPECIAL DE BOGOTÁ,

CONSIDERANDO:

Que la Empresa de Teléfonos de Bogotá D.E., está en condiciones de establecer, por intermedio del Fondo de Prestaciones Sociales de la misma, un plan para facilitar a sus trabajadores la adquisición de vivienda,

ACUERDA:

ARTICULO 1. Autorízase a la Empresa de Teléfonos de Bogotá, D.E., para financiar y para contratar con la Caja de la Vivienda Popular o con la Corporación Nacional de Servicios Públicos o con el Banco Central Hipotecario, la construcción de casas de habitación para el personal de la Empresa.

PARAGRAFO. Para los fines indicados en el artículo anterior, la Empresa de Teléfonos de Bogotá, D.E., podrá destinar los activos del Fondo de Prestaciones Sociales de la misma, sin disminuir la reserva necesaria para el pago oportuno de las prestaciones sociales del personal de la Empresa.

ARTICULO 2. Facúltase a la Junta Directiva de la Empresa para reglamentar, con carácter general, la adjudicación de las casas y fijar los requisitos que deberán llenar los adjudicatarios.

ARTICULO 3. Este Acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, D.E., a septiembre 4 de 1956.

El Presidente,

ANDRES RODRIGUEZ GOMEZ

El Secretario,

HERNAN PEDRAZA

Alcaldía Mayor del D.E. de Bogotá . Septiembre 11 de 1956

Publíquese y ejecútese.

ANDRES RODRIGUEZ GOMEZ

El Secretario de Gobierno,

BUENAVENTURA GUZMAN

El Secretario de Hacienda, encargado,

JOSE M. IRAGORI V.