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Acuerdo 22 de 1993 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/11/1993
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/11/1993
Medio de Publicación:
Registro Distrital 821 del 30 de Noviembre de 1993
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 22 DE 1993

(Noviembre 30)

Por el cual se autoriza el Ingreso a Carrera Administrativa a unos funcionarios de la Plan de Personal del Distrito Capital".

EL CONCEJO DE SANTA FE DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones Constitucionales y las conferidas por el artículo 13 del Decreto Ley 1421 de 1993.

ACUERDA

ARTICULO 1. Autorizar al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, para realizar la incorporación a Carrera Administrativa al personal administrativo dependiente de la planta de personal de la Secretaría de Educación, nombrados en desarrollo del Acuerdo No. 8 de 1992.

PARAGRAFO: La autorización dado por el presente acuerdo se aplicará únicamente para el año de 1993, y sólo procede respecto del personal que haya tenido el carácter de temporal en la secretaría de Educación antes del 30 de mayo de 1993.

ARTICULO 2. Para efecto de lo expuesto en el artículo anterior la Secretaría de Educación certificará el cumplimiento de los requisitos de los funcionarios dentro de los ocho (8) días siguientes a la sanción del mismo.

PARAGRAFO: El análisis de evaluación de desempeño se realizará con los documentos que reposan en cada hoja de vida.

ARTICULO 3. El Servicio Civil tendrá un plazo de un mes contado a partir de la fecha de recibo de la certificación de cumplimiento de requisitos que acrediten el cargo y las funciones para producir la Resolución de Inscripción en carrera Administrativa.

ARTICULO 4. El Servicio Civil informará sobre los resultados obtenidos para la inscripción en Carrera Administrativa normada en el presente Acuerdo a la Comisión que determine la Mesa Directiva del Concejo de Santafé de Bogotá, D.C.

ARTICULO 5. La administración vinculará de conformidad con las normas legales los funcionarios de las diferentes entidades de la administración central que a la fecha no se hayan incorporado en el sistema de carrera Administrativa.

ARTICULO 6. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su Sanción.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de noviembre de 1993.

DIMAS RINCON PARRA

RAFAEL ANTONIO FUENTES MARTIN

Presidente

Secretario General

JAIME CASTRO CASTRO

Alcalde Mayor de Santafe de Bogotá.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 821 del 30 de Noviembre de 1993.