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ACUERDO 24 DE 1913 (Octubre 26) por el cual se dispone la fundación de dos cementerios en la ciudad EL CONCEJO MUNICIPAL DE BOGOTÁ, En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: 1. Que debido al aumento de población, pronto el Cementerio que hoy existe no será suficiente para su objeto; 2. Que si se tiene en cuenta el ensanche que ha tenido la población hacia el norte y el sur, ya es demasiado larga la distancia que hay que recorrer para conducir los cadáveres al actual Cementerio; y 3. Que el Municipio puede obviar estos inconvenientes con un pequeño esfuerzo que haga, a fin de atender a los barrios extremos de la ciudad, Ver el art. 1, Acuerdo Municipal 24 de 1919 ACUERDA: ARTICULO 1. Ordénase la construcción de dos Cementerios para los barrios de Chapinero y Las Cruces de esta ciudad. ARTICULO 2. Autorízase a los señores Alcalde e Ingeniero Municipales para que, en asocio de los médicos de la Oficina de Higiene y Salubridad, elijan los sitios que crean convenientes para el objeto indicado, pudiendo elegir, si lo estiman aparente, un lote que existe en el Hospital de los Alisos, de propiedad del Municipio. ARTICULO 3. Para los gastos que implica el cumplimiento de este Acuerdo, se apropiará la partida necesaria en el Presupuesto de la próxima vigencia. Dado en Bogotá, a catorce de octubre de mil novecientos trece. El Presidente, EDMUNDO CERVANTES El Secretario, Antonio M. Londoño Alcaldía Municipal – Bogotá, octubre 26 de 1913. Públiquese y ejecútese. EMILIO CUERVO M. Leonidas Ojeda A., Secretario. Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, octubre 23 de 1913 Es exequible. El Secretario de Gobierno encargado del Despacho. M.M. MALLARINO Por el Secretario de Gobierno, El Oficial Mayor, Jesús M. Henao |