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ACUERDO 29 DE 1918 (Septiembre 3) Que tiende a complementar la educación de los maestros de escuela. EL CONCEJO DE BOGOTÁ, En uso de sus facultades legales, ACUERDA: ARTICULO 1. Todos los años, previo concurso entre los maestros de las cuales pública de Bogotá, el Municipio enviará al Exterior al maestro que salga vencedor en el concurso, con el objeto de que visite el mayor número posible de escuelas públicas primarias y normales de los Estados Unidos de América, Inglaterra, Alemania, Francia, Suiza y Bélgica.El viaje debe durar un año, y cada maestro deberá hacer un estudio de cada una de las escuelas que visite, que presentará al Concejo en informe escrito y pormenorizado, procurando hacer las indicaciones y observaciones que sean oportunas en relación con la escuela pública primaria de Bogotá. ARTICULO 2. Destínase del Presupuesto de la Instrucción Pública, año por año, la suma de $ 1.500, a partir del año fiscal de 1919, para atender a los gastos que ocasione el viaje de cada maestro. ARTICULO 3. Una vez que en cada caso se otorgue esta gracia en el concurso respectivo, el maestro favorecido deberá celebrar un contrato con el Personero Municipal, en el cual se obligue a hacer el viaje en las condiciones señaladas en este Acuerdo, y en las que se indiquen en el Decreto reglamentario que debe dictar el señor Alcalde de la ciudad, en desarrollo del mismo, y a servir como maestro en la escuela pública que se le designe en la ciudad de Bogotá, durante cuatro años. Como garantía de que cumplirá el contrato deberá otorgar caución personal, prendaria o hipotecaria, a satisfacción del señor Alcalde, por la suma de $ 1.500, suma que devolverá al Municipio el maestro que dejare de cumplir cualquiera de las cláusulas del contrato. ARTICULO 4. El concurso para la designación de los maestros a que se refiere este Acuerdo se verificará ante el Alcalde de la ciudad, el Presidente del Concejo y el Director de Instrucción Publica del Departamento. El Alcalde reglamentará la manera de dar puntual cumplimiento a este Acuerdo. Dado en Bogotá, a tres de septiembre de mil novecientos diez y ocho. El Presidente, FRANCISCO J. CASAS Por el Secretario, el Oficial Mayor, Luis Crespo Alcaldía Municipal . Bogotá, Septiembre 3 de 1918 Publíquese y ejecútese. GERARDO ARRUBLA Leonidas Ojedas A, Secretario Gobernación de Cundinamarca . Bogotá septiembre 11 de 1918 Es exequible. JORGE GONZALEZ GARCIA El Director General de Instrucción Pública, R. Cortázar
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