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Acuerdo 11 de 1916 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/04/1916
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/04/1916
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 11 DE 1916

(Abril 04)

"Por el cual se dispone la venta de un lote de terreno de propiedad del Tranvía Municipal, se destina su producido y se urbaniza un lote situado al sur de la ciudad".

EL CONSEJO MUNICIPAL DE BOGOTÁ,

En uso de sus facultades legales,

Ver el Acuerdo Municipal 24 de 1916

ACUERDA:

ARTICULO 1. Ordénase la venta, con las formalidades legales, del lote de terreno en que está edificada la actual estación del Tranvía Municipal en Chapinero, que tiene una extensión superficiaria de 14.800 varas cuadradas, alinderado así: por el norte, paredes de por medio, con propiedad del señor Arcadio Morales; por el oriente, con la carrera 13; por el sur, con la calle 57, y por el occidente con propiedad del señor Carlos Montúfar.

PARAGRAFO. La venta del globo de terreno de que se trata se hará dividiéndolo en lotes que tengan más o menos las siguientes dimensiones: 16 metros de frente (20 varas), por 40 de fondo (50 varas), de acuerdo con un plano que levantará al efecto el Ingeniero Municipal, y en el cual no quedará comprendida la faja necesaria para la apertura de la calle 58, la que debe quedar de 15 metros de ancha.

ARTICULO 2. Destínase el producto de la venta del lote a las siguientes obras cuya construcción se ordena a la Junta Administradora del Tranvía Municipal:

  1. Edificación de una estación terminal en el terreno adquirido con tal fin en la carrera 13, frente a la calle 67, cuidando de dejar libre la zona necesaria para la prolongación de esta calle;

  2. Prolongación de la carrilera del Tranvía y línea aérea hasta la nueva estación terminal;

  3. Duplicación de la carrilera del Tranvía y línea aérea hasta la nueva estación terminal;

  4. Prolongación de la línea central hacia el sur hasta el puente de San Cristóbal, según el trazado que contiene el plano de urbanización del lote de Santa Ana, presentado al Concejo de el señor Ernesto González.

ARTICULO 3. La suma que produzca la venta del lote, ingresará a la Tesorería del Tranvía Municipal y se invertirá, así:

Para la ejecución de las obras correspondientes a los capítulos a), b) y c) del artículo anterior, hasta

$ 12.000

Para la prolongación del Tranvía a San Cristóbal hasta

13.000

Suma

$ 25.000

PARAGRAFO. Facúltase a la Junta Administradora del Tranvía para modificar a prorata estas partidas si el producido del lote fuere distinto de $ 25.000, y para incluir en el Presupuesto del presente año las partidas que origine la ejecución del presente Acuerdo.

ARTICULO 4. Apruébase el proyecto de urbanización del lote de Santa Ana de propiedad del Señor Ernesto González, situado en el barrio de San Cristóbal, y el proyecto de Tranvía estudiado por el Ingeniero respectivo, para el desarrollo de una línea que partiendo del sitio denominado Brisas de San Cristóbal, pasa al occidente del Asilo de locas (Aserrío), y atraviesa de occidente a oriente el predio de Santa Ana hasta terminar en el puente sobre el río San Cristóbal.

ARTICULO 5. No se empezará la obra de prolongación del Tranvía San Cristóbal, sino cuando el señor González y todos los propietarios haya cedido al Municipio las hoyas para calles, plazas y paseos que muestra el proyecto de urbanización; las zonas para la construcción de la carrilera, sus alcantarillas, colocación de postes, apartaderos, estación terminal y dos lotes para locales de escuelas en la Plaza González Vázquez, que los proyectos aprobados por el artículo anterior contienen.

ARTICULO 6. Ordénase al Personero Municipal que a la mayor brevedad posible practique las diligencias necesarias para dar cumplimiento a los artículos 1º. y 5º del presente Acuerdo.

ARTICULO 7. Queda facultada la Junta Administradora del Tranvía Municipal para que en el menor término posible lleve a acabo las obras de que trata este Acuerdo.

ARTICULO 8. El presente acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a cuatro de abril de mil novecientos diez y seis.

El Presidente,

FELIPE S. ESCOBAR

El Secretario, Antonio M. Londoño

Alcaldía de Bogotá – abril 5 de 1916

Publíquese y ejecútese.

  1. MARROQUIN

El Oficial Mayor, Angel M. Olivos.

Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, Mayo 3 de 1916.

Por lo que hace a la venta del lote de terreno de que tratan los artículos 1. Y concordantes de este Acuerdo, sométase la providencia del Concejo a la aprobación del Poder Ejecutivo, en vista de lo dispuesto en los artículos 202 y 203 del código Político y Municipal (Ley 4ª de 1913).

El Gobernador estima conveniente la providencia sobre venta de la finca raíz municipal, dado el fin a que se destina el producido de ella, y tiene presente, además, el informe favorable que sobre el particular ha rendido con fecha 29 del pasado, el Personero Municipal de Bogotá.

En cuanto al proyecto de urbanización del lote de Santa Ana de que tratan los artículos 4 y siguientes del Acuerdo, la Gobernación aprueba éste.

J.R. LAGO

El Secretario de Gobierno

Jesús M. Henao.

Colombia – Cundinamarca – Alcaldía Municipal – Bogotá, mayo 10 de 1916.

Señor Presidente del Honorable Consejo Municipal – E.S.D.

Para conocimiento de esa honorable Corporación tengo el honor de transcribir a usted el siguiente oficio:

"República de Colombia – Departamento de Cundinamarca – Secretaría de Gobierno – Número 1.419 – Bogotá, mayo 9 de 1916.

Señor Alcalde de la ciudad – E.S.D.

Para su conocimiento, y a fin de que se sirva informarlo al honorable Consejo Municipal, le transcribo la siguiente resolución, por la cual se aprueba un Acuerdo municipal:

El Presidente de la República de Colombia,

Visto el Acuerdo del Consejo Municipal del Distrito de Bogotá, de fecha 4 de abril último, número 11, sobre venta de un inmueble; y teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 201 a 203 de la Ley 4ª de 1913.

RESUELVE:

Apruébase el Acuerdo número 11, del 4 de abril último, sobre venta de un inmueble, expedido por el Consejo municipal de esta ciudad.

Comuníquese y publíquese.

Dada en Bogotá, a cinco de mayo de mil novecientos diez y seis.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministerio de Gobierno

MIGUEL ABADIA MENDEZ

Soy de usted atento seguro servidor,

Jesús M. Henao".

De usted muy atento y seguro servidor,

A. Marroquin (I).