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ACUERDO 32 DE 1916 (Agosto 21) "Por el cual se dan unas autorizaciones a la Junta Administradora del Tranvía municipal". EL CONSEJO DE BOGOTÁ, En uso de sus facultades legales, y Ver el Acuerdo Municipal 51 de 1918 ACUERDA: ARTICULO 1. Autorízase a la Junta Administradora del Tranvía para que compre una faja de terreno en la esquina nordeste del cruzamiento de la calle 15 con carrera 13.ARTICULO 2. Autorízase igualmente a la indicada Junta para que reconstruya a costa de la Empresa del Tranvía y de acuerdo con planos que apruebe la Dirección de Obras Públicas municipales, la esquina de que trata el artículo anterior. ARTICULO 3. Queda facultada la misma entidad para proceder a celebrar la negociación del caso con el dueño del predio situado al extremo occidental de la proyectada calle 58 del Barrio de Chapinero, y la edificación que allí existe en ese lote, con el fin de completar la apertura de dicha calle entre la carrera 13 y la zona del Ferrocarril del Norte. Esta compra podrá hacerse hasta la por la cantidad de $ 600 pesos oro, suma que se pagará de los fondos del Tranvía. ARTICULO 4. Las adquisiciones de que tratan los artículos 1 y 3, se harán con intervención del Personero Municipal. ARTICULO 5. Las partidas necesarias para dar cumplimiento a este Acuerdo se incluirán en el Presupuesto de gastos de la Empresa del Tranvía. Dado en Bogotá, veintiuno de agosto de mil novecientos diez y seis. El Presidente, SIMON ARAÚJO El Secretario, Antonio M. Londoño Alcaldía de Bogotá – agosto 31 de 1916 Publíquese y ejecútese.
Leonidas Ojeda A. - Secretario. Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, septiembre 1 de 1916. Es exequible J.R. LAGO El Secretario de Gobierno, Jesús M. Henao.
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