Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 49 de 1926 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/09/1926
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/09/1926
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 49 DE 1926

(Septiembre 10)

"Por el cual se da una autorización a las Empresas municipales".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ,

En uso de sus atribuciones legales,

Ver el Acuerdo Distrital 58 de 1927 , Ver el Acuerdo Distrital 50 de 1933

ACUERDA:

ARTICULO 1. Autorízase a las Empresas municipales para adquirir por cuenta del Municipio hasta treinta buses, los cuales serán destinados al servicio de pasajeros en la ciudad.

ARTICULO 2. Las Empresas municipales harán las gestiones para adquiere los buses y para obtener el dinero necesario para su compra en un banco, si fuere el caso.

ARTICULO 3. Una vez que las Empresas municipales estén en posesión de tales buses, procederán a organizar el servicio en la forma y condiciones que a su juicio consideren más convenientes para los intereses del público y los del Municipio.

ARTICULO 4. Una comisión de dos concejales nombrados por la presidencia asesorará a las Empresas municipales en la adquisición de los buses a que se refiere este acuerdo.

ARTICULO 5. Las Empresas municipales quedan autorizadas para incluir en la suma que tomen en préstamo, a fin de dar cumplimiento al artículo 1, la suma necesaria con destino a la construcción de los respectivos garajes.

ARTICULO 6. Este acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a diez de septiembre de mil novecientos veintiséis.

El Presidente del Concejo, LIBORIO ESCALLON

– El Secretario, Ignacio Castro.

Alcaldía de Bogotá – Septiembre 15 de 1926.

Publíquese y ejecútese.

JOSE M. PIEDRAHITA

– Luis Francisco García, Secretario.

Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, septiembre 22 de 1926.

Es exequible.

RUPERTO MELO

– El Secretario de gobierno, Ignacio Barberi.