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Acuerdo 10 de 1988 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/10/1988
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/10/1988
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO DE

ACUERDO 10 DE 1988

(Octubre 28)

"Por el cual se modifica el Acuerdo 8 de 1988"

EL CONCEJO DEL DISTRITO ESPECIAL DE BOGOTA

En uso de sus facultades legales y en especial de la que le confiere el Decreto Ley 3133 de 1968,

ACUERDA:

ARTICULO 1. Suspéndase la elección de los miembros de las Juntas Administradoras Zonales, previstas para el 30 de Octubre de 1988, según lo dispone el Artículo 1 del Acuerdo 8 de 1988.

ARTICULO 2. El Alcalde Mayor de Bogotá convocará a la primera elección de miembros de las Junta Administradoras Zonales, previstas en el Artículo 8 del Acuerdo 8 de 1987, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de la ejecutoria de la providencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Cundinamarca, que declara la legalidad del mencionado Acuerdo. Las elecciones deberán realizarse en un día domingo, en un plazo no menor de sesenta (60) días hábiles y no mayor de noventa días hábiles contados a partir de la fecha de convocatoria.

ARTICULO 3. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D. E., a los veintiocho (28) días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y ocho (1988).

ALVARO PAVA CAMELO

Presidente del Concejo

FERNANDO SOTOMONTE AMAYA

Secretario General del Concejo

PUBLIQUESE Y EJECUTESE