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Acuerdo 6 de 1874 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/02/1874
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/02/1874
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO DE

ACUERDO 6 ** DE 1874

(Febrero 16)

reformatorio del de 10 de Marzo de 1873, "que organiza la Policía del Distrito". *

LA MUNICIPALIDAD DE BOGOTÁ,

En uso de sus facultades legales,

ACUERDA:

ARTICULO 1. El uniforme que deben usar los individuos del Cuerpo de policía será de cargo de las rentas del Distrito; a cuyo efecto se votará anualmente la suma necesaria para darles cada año un vestuario y arma, compuestos de sombrero, blusa o levita, pantalones, botines, escarapela, bastón, pito y sable.

ARTICULO 2. Cuando un Gendarme fuere dado de baja, devolverá al depósito las prendas de uniforme que haya recibido, y se proveerá con ellas al que lo reemplace, a menos que estén ya muy usadas, en cuyo caso se le proveerá un vestido nuevo.

ARTICULO 3. Los sueldos de los empleos serán: cada Inspector, cuarenta pesos mensuales; cada Secretario, veinticinco pesos mensuales; cada Gendarme, veinte pesos mensuales.

ARTICULO 4. El Jefe Municipal puede disponer de la suma que se vote en los Presupuestos, para gastos extraordinarios de la policía, con carácter reservado; sin tener que expresar el nombre de la persona en cuyo favor expida la orden de pago. Para el efecto bastará que el mismo empleado estampe su nombre en el recibo correspondiente.

ARTICULO 5. Queda en estos términos reformado el citado acuerdo.

Bogotá, a 14 de Febrero de 1874.

El Presidente, RUDESINDO CÁCERES

El Secretario, Eduardo Villegas.

Jefatura Municipal . Bogotá, 16 de Febrero de 1874

Ejecútese y publíquese.

El Jefe Municipal, SECUNDINO ALVAREZ M.

El Secretario, Ignacio Calvo

* Véanse el (sic) acuerdos número 1 de 1876 y número 22 de 1877.

** NOTA: El número anotado, se introdujo para efectos de incorporación al sistema, por cuanto el texto original no trae numeración.