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Acuerdo 12 de 1880 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/05/1880
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/05/1880
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO DE

ACUERDO 12 DE 1880

(Mayo 22)

"Por el cual se deroga el de 19 de Septiembre de 1874, que destina el edificio de propiedad del Distrito denominado "El Retén", para escuelas públicas". *

LA MUNICIPALIDAD DE BOGOTÁ,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el Cuerpo de policía del Distrito carece de local que le sirva de "cuadra" para mantener su armamento, vestidos, y en donde pueda estar como punto determinado de habitación, para que los ciudadanos sepan, en cualquier momento, del día o de la noche, el lugar en que se encuentra la fuerza de la autoridad municipal;
  2. Que tomándose actualmente medidas de policía que exigen localidades apropiadas a los distintos objetos, tales como habitación nocturna para los mendigos y pobres que duermen a la intemperie en las calles públicas de la ciudad, y la construcción de celdas o calabozos para atender a los numerosos arrestados o detenidos que diariamente ocurren en las oficinas municipales de instrucción, y que no pueden remitirse al Panóptico del Estado por estar éste a larga distancia de las oficinas;
  3. Que el edificio denominado "El Retén", cedido por la Municipalidad al Consejo de Instrucción primaria del Distrito con destino a escuelas públicas, no está ocupado por éstas sino en uno de sus salones altos, quedando uno de éstos, bastante extenso, y todas las piezas del piso inferior, sin prestar servicio alguno,

ACUERDA:

ARTICULO 1. Derógase en todas sus partes el "acuerdo por el cual se destina un edificio de propiedad del Distrito para escuelas públicas", expedido por la Municipalidad el 18 de Septiembre de 1874, y sancionado por el Jefe Municipal el 19 del mismo mes y año.

ARTICULO 2. Autorízase al Alcalde del Distrito para que reciba del Presidente del Consejo de Instrucción primaria y local denominado "El Retén", a que se refiere el artículo anterior, y para que destine dicho edificio a los siguientes objetos:

  1. A habitación nocturna de los mendigos que se encuentren vagando por las calles de la ciudad desde las ocho de la noche en adelante, destinando a dos salones incomunicados para separar los sexos;
  2. A Cuadra del Cuerpo de policía del Distrito; y
  3. A celdas o calabozos para detener a los individuos que por los empleados de policía del Distrito sean arrestados hasta por tres días.

Dado en Bogotá, a 21 de Mayo de 1880.

El Presidente, D. ALDANA

El Secretario, Luis Ponce Toledo

Alcaldía del Distrito - Bogotá, Mayo 22 de 1880

Publíquese y ejecútese.

El Alcalde, ALEJANDRO BORDA

El Secretario, Elías Jaimes

* Reformado. Véase el acuerdo número 27 de este año.