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Resolución 215 de 2021 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
25/05/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/05/2021
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 215 DE 2021

 

(Mayo 25)

 

Por la cual se hace una delegación para atender la diligencia administrativa de Inspección Preventiva Virtual que realizará el Ministerio del Trabajo a la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, el artículo 9 de Ia Ley 489 de 1998, el artículo 1 del Decreto Distrital 101 de 2004 ye! articulo 13 del Decreto Distrital 140 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

 

Que así mismo menciona que las entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente Ley.

 

Que el parágrafo del artículo 2°, del mismo texto legal, dispone que las reglas relativas a los principios propios de la función administrativa sobre delegación se aplicarán a las entidades territoriales en lo pertinente.

 

Que el literal c del artículo 48 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, en concordancia con el numeral 3 del artículo 2 del Decreto 140 de 2021 dispone que La Secretaría General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá es la dependencia encargada de dirigir y coordinar la política laboral del Distrito Capital, y por ende, su gestión y aplicación.

 

Que mediante comunicación radicada en el Ministerio del Trabajo bajo el N° 08SE202 1741100000006770 de fecha 14 de mayo de 2021, y remitida vía correo electrónico a la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el 18 de mayo de 2021, la doctora Diana Marcela Rodríguez Vera, Inspectora de Trabajo y de Seguridad Social RL 18 de la Dirección Territorial de Bogotá del Ministerio del Trabajo, informó que mediante Auto N° 1451 del 10 de mayo del presente año fue comisionada para practicar diligencia administrativa de Inspección Preventiva Virtual a la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Que la diligencia administrativa de Inspección Preventiva Virtual se llevará a cabo el día 28 de mayo de 2021 a las 10:00 de la mañana, por medio de la plataforma Microsoft Teams, y estará relacionada con el cumplimiento de normas laborales y de seguridad y salud en el trabajo, por lo cual se solicitó que se garantizará la asistencia en la fecha y hora señalada, del Representante Legal o su delegado, el responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo, un miembro del COPASST o Vigía y un integrante de las organizaciones sindicales (si las hay).

 

Que conforme a lo anterior, y por tratarse de una competencia en cabeza de la Secretaria General de La Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., esta debe atender la diligencia administrativa de Inspección Preventiva Virtual que adelantará la Dirección Territorial Bogotá del Ministerio del Trabajo a través de La Inspectora de Trabajo y Seguridad Social comisionada, razón por la cual se procede a efectuar delegación de la representante por la Secretaría en la Subsecretaria Corporativa de este mismo organismo.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°-: Modificado por el art. 1, Resolución 217 de 2021 <El nuevo texto es el siguiente> Delegar a la Directora de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., la atención de la diligencia administrativa de Inspección Preventiva Virtual que realizará la Dirección Territorial Bogotá del Ministerio del Trabajo a la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., relacionada con el cumplimiento de normas laborales y de seguridad y salud en el trabajo.


El texto original era el siguiente:

Artículo 1°-: Delegar en la Subsecretaria Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., la atención de la diligencia administrativa de Inspección Preventiva Virtual que realizará la Dirección Territorial Bogotá del Ministerio del Trabajo a la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., relacionada con el cumplimiento de normas laborales y de seguridad y salud en el trabajo.

Artículo 2°-: Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección Territorial Bogotá del Ministerio del Trabajo, a los correos electrónicos: solucionesdocumental@mintrabajo.gov.co, drodriguezvg@mintrabajo.gov.co y dtbogota@mintrabajo.gov.co, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Artículo 3°-: Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Subsecretaria Corporativa de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y a la Dirección de Talento Humano de este organismo, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Dirección Administrativa y Financiera de la misma Secretarla.

 

Artículo 4°-: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 25 días del mes de mayo del año 2021.


MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

Secretaria General