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Resolución 244 de 2021 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/06/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/06/2021
Medio de Publicación:
.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 244 DE 2021

 

(Junio 03)

 

Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2021.

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 y, el Decreto Distrital 001 de 2020

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996[1], "las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la Administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas."

 

Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones (…)

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 328 del 29 de diciembre de 2020, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 788 del 22 de diciembre de 2020.

 

Que el artículo 9 del Decreto Distrital 777 de 2019[2], establece que:

 

“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”

 

Que la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, expedida por la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, establece que las modificaciones previstas en el parágrafo del artículo 9 del Decreto Distrital 777 de 2019, se refieren a movimientos al interior de los rubros allí enunciados.

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., mediante oficio con radicado 2-2021-17714 del 27 de mayo de 2021, solicitó concepto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, para proceder con el traslado presupuestal entre los rubros 1310101010101 - "Sueldo básico", 1310101010202 - "Prima Técnica", 1310101010203 - "Prima Semestral" 13101010301 - "Indemnización por vacaciones", 13101010305 - "Reconocimiento por permanencia en el servicio público - Bogotá D.C.", 1310102010101 - "Sueldo  básico", 1310102010203 - "Prima Semestral", 13101020301- "Indemnización por vacaciones", 1310201010103 - "Maquinaria para uso general", 1310201010104 - "Maquinaria para usos especiales", 1310202010302 - "Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo)", 131020202020107 - "Servicios de seguros de vehículos automotores", 131020202020108 - "Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción", 131020202020109 - "Servicios de seguros generales de responsabilidad civil", 131020202020112 - "Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p. 131020202030203 - "Otros servicios jurídicos n.c.p.", 131020202030313 - "Otros servicios profesionales y técnicos n.c.p.", 131030103 - "Impuesto de vehículos", 131030201 - "Licencias de construcción", y 131050502 - "Distintas de membrecías", por valor de Ochocientos Treinta Millones Novecientos Diecinueve Mil Doscientos Ochenta pesos ($ 830.919.280). mcte

 

Que mediante comunicación No. 2021EE08328901 del 3 de junio de 2021, la Directora Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1 -: Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2021, por valor de Ochocientos Treinta Millones Novecientos Diecinueve Mil Doscientos Ochenta pesos ($ 830.919.280). mcte, así:

 

 

Artículo 2 -: Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, a la Dirección de Talento Humano, a la Dirección Distrital de Relaciones Internacionales, a la Dirección Administrativa y Financiera y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Artículo 3 -: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 03 días del mes de junio del año 2021.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

SECRETARIA GENERAL



[1]Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital"

[2]Por el cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones”