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Resolución 329 de 2021 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/07/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/07/2021
Medio de Publicación:
.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 329 DE 2021

 

(Julio 12)

 

Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2021

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 y, el Decreto Distrital 001 de 2020

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996[1], “las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la Administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.”

 

Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones (…)"

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 328 del 29 de diciembre de 2020, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 788 del 22 de diciembre de 2020.

 

Que el artículo 10º del Decreto Distrital No. 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones”, establece que: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).”

 

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., mediante oficio con radicado 2-2021-22363 del 09 de Julio de 2021, solicitó concepto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, para proceder con el traslado presupuestal entre los rubros 1310101010101-“Sueldo básico”, 1310101010110-“Prima de navidad”, 1310101010111- “Prima de vacaciones”, 1310101010202-“Prima Técnica”, 1310101020101-“Aportes a la seguridad social en pensiones públicas”, 1310101020202-“Aportes a la seguridad social en salud privada”, 1310101020301-“Aportes de cesantías a fondos públicos”, 1310101020401- “Compensar”, 1310101020501-“Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos”, 1310101020601-“Aportes al ICBF de funcionarios”, 1310101020701-“Aportes al SENA de funcionarios”, 1310101020801-“Aportes a la ESAP de funcionarios”, 1310101020901- “Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos de funcionarios”, 13101010301 -“Indemnización por  vacaciones”, 13101010302-“Bonificación por recreación”, 1310102010101-“Sueldo básico”, 1310102010110-“Prima de navidad”, 1310102010111- “Prima de vacaciones”, 1310102010202-“Prima Técnica”, 1310102020101-“Aportes a la seguridad social en pensiones públicas”, 1310102020202-“Aportes a la seguridad social en salud privada”, 1310102020301-“Aportes de cesantías a fondos públicos”, 1310102020401- “Compensar”, 1310102020501-“Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos”, 1310102020601-“Aportes al ICBF de funcionarios”, 1310102020701-“Aportes al SENA de funcionarios”, 1310102020801-“Aportes a la ESAP de funcionarios”, 1310102020901- “Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos de funcionarios”, y 13101020302- “Bonificación por recreación”, por valor de Noventa y Tres Millones Cuatrocientos Noventa y Nueve Mil Setecientos Sesenta y Cinco pesos ($ 93.499.765) mcte.

 

Que mediante comunicación No. 2021EE116947O1 del 12 de julio de 2021, la Directora Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º-: Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2021, por valor de Noventa y Tres Millones Cuatrocientos Noventa y Nueve Mil Setecientos Sesenta y Cinco pesos ($ 93.499.765) mcte, así:

 

CRÉDITO

 

RUBRO PRESUPUESTAL

DESCRIPCION RUBRO

CONTRACREDITO

13

GASTOS

93.499.765

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

93.499.765

13101

Gastos de personal

93.499.765

1310101

Planta de personal permanente

93.499.765

131010101

Factores constitutivos de salario

77.196.846

13101010101

Factores salariales comunes

68.798.692

1310101010101

Sueldo básico

60.312.612

1310101010110

Prima de navidad

5.733.838

1310101010111

Prima de vacaciones

2.752.242

13101010102

Factores salariales especiales

8.398.154

1310101010202

Prima Técnica

8.398.154

131010102

Contribuciones inherentes a la nómina

16.069.637

13101010201

Aportes a la seguridad social en pensiones

3.527.400

1310101020101

Aportes a la seguridad social en pensiones públicas

3.527.400

13101010202

Aportes a la seguridad social en salud

2.498.400

1310101020202

Aportes a la seguridad social en salud privada

2.498.400

13101010203

Aportes de cesantías

5.606.097

1310101020301

Aportes de cesantías a fondos públicos

5.606.097

13101010204

Aportes a cajas de compensación familiar

1.836.000

1310101020401

Compensar

1.836.000

13101010205

Aportes generales al sistema de riesgos laborales

306.600

1310101020501

Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos

306.600

13101010206

Aportes al ICBF

1.377.000

1310101020601

Aportes al ICBF de funcionarios

1.377.000

13101010207

Aportes al SENA

229.535

1310101020701

Aportes al SENA de funcionarios

229.535

13101010208

Aportes a la ESAP

229.535

1310101020801

Aportes a la ESAP de funcionarios

229.535

13101010209

Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos

459.070

1310101020901

Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos de funcionarios

459.070

131010103

Remuneraciones no constitutivas de factor salarial

233.282

13101010302

Bonificación por recreación

233.282

 

CONTRACRÉDITO

 

AR

DESCRIPCION RUBRO

CREDITO

13

GASTOS

93.499.765

131

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

93.499.765

13101

Gastos de personal

93.499.765

1310101

Planta de personal permanente

39.317.227

131010103

Remuneraciones no constitutivas de factor salarial

39.317.227

13101010301

Indemnización por vacaciones

39.317.227

1310102

Personal supernumerario y temporal

54.182.538

131010201

Factores constitutivos de salario

37.879.619

13101020101

Factores salariales comunes

29.481.465

1310102010101

Sueldo básico

20.995.385

1310102010110

Prima de navidad

5.733.838

1310102010111

Prima de vacaciones

2.752.242

13101020102

Factores salariales especiales

8.398.154

1310102010202

Prima Técnica

8.398.154

131010202

Contribuciones inherentes a la nómina

16.069.637

13101020201

Aportes a la seguridad social en pensiones

3.527.400

1310102020101

Aportes a la seguridad social en pensiones públicas

3.527.400

13101020202

Aportes a la seguridad social en salud

2.498.400

1310102020202

Aportes a la seguridad social en salud privada

2.498.400

13101020203

Aportes de cesantías

5.606.097

1310102020301

Aportes de cesantías a fondos públicos

5.606.097

13101020204

Aportes a cajas de compensación familiar

1.836.000

1310102020401

Compensar

1.836.000

13101020205

Aportes generales al sistema de riesgos laborales

306.600

1310102020501

Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos

306.600

13101020206

Aportes al ICBF

1.377.000

1310102020601

Aportes al ICBF de funcionarios

1.377.000

13101020207

Aportes al SENA

229.535

1310102020701

Aportes al SENA de funcionarios

229.535

13101020208

Aportes a la ESAP

229.535

1310102020801

Aportes a la ESAP de funcionarios

229.535

13101020209

Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos

459.070

1310102020901

Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos de funcionarios

459.070

131010203

Remuneraciones no constitutivas de factor salarial

233.282

13101020302

Bonificación por recreación

233.282

 

Artículo 2º-: Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, a la Dirección de Talento Humano, a la Dirección Administrativa y Financiera y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Artículo 3º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de julio del año 2021.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

SECRETARIA GENERAL

 


[1]Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”