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Circular 078 de 2021 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/09/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 078 DE 2021

 

(Septiembre 16)

 

Para: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES, PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS MIXTAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, ALCALDES Y. ALCALDESAS LOCALES.

 

De: SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA D.C INFORMACIÓN COBERTURA DE ACTOS MAL INTENCIONADOS

 

Asunto: DE TERCEROS (AMIT) Y TERRORISMO - PÓLIZA SEGURO TODO RIESGO DAÑO MATERIAL

 

Respetados (as) doctores (as), reciban un cordial saludo.

 

La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., como cabeza del Sector de Gestión Pública y, en el marco de las competencias atribuidas en el artículo 2 numeral 2 del Decreto 140 de 2021 que establece entre otras, como función, "2. Formular, adoptar, orientar y coordinar las políticas para el fortalecimiento de la función administrativa distrital y su modernización, a través del mejoramiento de la gestión y de las estrategias de información y comunicación, de la utilización de los recursos físicos, financieros, tecnológicos e informáticos, y del desarrollo de las funciones de organización, dirección, control y seguimiento, requiere contar con información sobre la situación de las entidades distritales en relación con sus programas de seguros y los procesos adelantados o por surtir para su contratación.

 

Por lo anterior atentamente solicitamos que cada entidad efectúe el reporte de la información que se relaciona a continuación, correspondiente a la cobertura de actos mal intencionados de terceros (AMIT) y terrorismo, de la póliza de seguro todo riesgo daño material que tenga suscrita la entidad.

 

- Entidad Tomadora


- Compañía Aseguradora


- Fecha de inicio de la cobertura (dd/mm/aaaa)


- Fecha de vencimiento de la cobertura (dd/mm/aaaa)


- Valor prima total de la póliza (incluido IVA)


- Firma intermediaria que asesoró el proceso


- Proceso de selección realizado para la contratación


- Fecha de adjudicación (dd/mm/aaaa)


- Valor asegurado total de la póliza Valor asegurado amparo de AMIT y Terrorismo


- Deducible pactado para el amparo de AMIT y Terrorismo Número de reclamos presentados por vandalismo o terrorismo (en los últimos dos años)


- Valor de la pérdida reclamada (en los últimos dos años)


- Valor reconocido por la Aseguradora (en los últimos dos años)


- Impacto derivado de la situación de orden público en relación con el incremento de la prima, pérdida de cobertura AMIT y terrorismo y/o incremento en deducibles.


Dicha información se debe remitir con carácter urgente al correo electrónico ventanillaelectronica@alcaIdiabogota.gov.co, a más tardar el 20 de septiembre de 2021.


Considerando que se trata de un insumo importante para proyecciones presupuestales en materia de seguros a nivel distrital, agradezco el estricto cumplimiento del plazo para la remisión de la información.


Cordialmente,

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

Secretaria General - Alcaldía Mayor de Bogotá