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Circular 6 de 2004 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
04/02/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/02/2004
Medio de Publicación:
No se publicó
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 06 de 2004

2-2004-05096

PARA:

Secretarios de Despacho; Directores de Departamento Administrativo; Gerente de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos; Directores y Gerentes de Entidades Descentralizadas; Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios; Directores de Entes Universitarios Autónomos, Alcaldes Locales y Veeduría.

DE:

Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

ASUNTO:

Circular Externa 0002 de la Comisión Nacional de Regalías –Departamento Nacional de Planeación.

FECHA:

 

La Comisión Nacional de Regalías –Departamento Nacional de Planeación- emitió la Circular Externa 0002 del 13 de enero de 2004 en la que previene a los beneficiarios de regalías y compensaciones, de acuerdo con las Leyes 141 de 1994 y 756 de 2002 y el Decreto 2141 de 1999, acerca de las irregularidades más frecuentes en el manejo de estos recursos.

Advierte la CNR que recurrentemente las entidades territoriales beneficiarias de regalías infringen la Ley 756 de 2002 (modificatoria de la Ley 141 de 1994), especialmente al desconocer que estos recursos son de destinación especifica; omitir el deber de discriminar las partidas en los respectivos presupuestos y la forma como serán invertidos en los sectores preestablecidos en la citada norma; desconocer la prohibición de destinar estas asignaciones para financiar gastos de funcionamiento y el no apego a las normas que regulan la Contratación Estatal en los procesos contractuales adelantados con recursos de regalías y compensaciones, entre otros.

Entonces, con el fin de no incurrir en irregularidades como las anotadas, cuando sea menester solicitar recursos para la financiación de los proyectos y actividades señalados en el artículo 361 de la Constitución Política y la Ley 756 de 2002, deberá observarse de manera estricta las instrucciones contenidas en las antedichas normas y las recomendaciones de la Circular Externa 0002 de la Comisión Nacional de Regalías.

Con lo anterior, no solamente se garantizará la ejecución de obras y proyectos de interés general en el Distrito Capital con recursos de regalías y compensaciones, sino que, además se evitarán procedimientos administrativos cautelares por parte de la Comisión Nacional de Regalías, como la suspensión de giros, que a la postre afectarán la inversión Distrital.

Para tal efecto, teniendo en cuenta el amplio número de destinatarios y lo extenso del documento, informamos que la referida circular puede se consultada en la página web de la CNR www.cnr.gov.co o en el icono "régimen legal" de la página web de la Alcaldía Mayor de Bogotá www.bogotá.gov.co.

Cordial Saludo,

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General