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Resolución 563 de 2021 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/10/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/10/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No.7273 del 29 de octubre de 2021
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 563 DE 2021


(Octubre 27)


Derogada por el art. 2, Resolución 573 de 2022.

 

Por la cual se actualiza el Manual de Facturación y Cobro de la Red CADE

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 48 del Acuerdo Distrital 257 de 2007, modificado por el artículo 6 del Acuerdo Distrital 638 de 2016, el artículo 1 del Decreto Distrital 140 de 2021, y el artículo 28 del Decreto Distrital 847 de 2019, modificado por el artículo 10 del Decreto Distrital 293 de 2021 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política estipuló que "[l]a función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".

 

Que el artículo 48 del Acuerdo Distrital 257 de 2007 (Sic.), modificado por el artículo 6 del Acuerdo Distrital 638 de 2016, y el artículo 1 del Decreto Distrital 140 de 2021 señalan que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., tiene por objeto:

 

"(...) orientar y liderar la formulación y seguimiento de las políticas para el fortalecimiento de la función administrativa de los organismos y entidades de Bogotá, Distrito Capital, mediante el diseño e implementación de instrumentos de coordinación y gestión, la promoción del desarrollo institucional, el mejoramiento del servicio a la ciudadana y ciudadano (...)"

 

Que conforme a lo establecido en el artículo 28 del Decreto Distrital 847 de 2019, modificado por el artículo 10 del Decreto Distrital 293 de 2021, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., es la encargada de la administración de la Red CADE, y tiene como responsabilidad elaborar, aprobar y difundir el manual de facturación y cobro para las entidades públicas y empresas privadas que hacen parte de la Red CADE.

 

Que mediante la Resolución 092 del 4 de marzo de 2021 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., se adoptó el Manual de Cobro y Facturación de la Red CADE.

 

Que a través del Decreto Distrital 293 del 11 de agosto de 2021, se establecieron lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía para la implementación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía y se modificaron algunas disposiciones del Decreto Distrital 847 de 2019 referentes a la administración, vinculación y tutorías en la Red CADE.

 

Que debido a las modificaciones introducidas por el Decreto Distrital 293 de 2021 es necesario actualizar el Manual de Facturación y Cobro de la Red CADE.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°-: Actualizar el Manual de Facturación y Cobro de la Red CADE, el cual hace parte integral del presente acto administrativo.

 

Artículo 2°-: Comunicar el contenido de la presente resolución a todas las dependencias de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., y a todas las entidades y organismos del orden nacional y distrital, empresas privadas participantes en la Red CADE, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de esta entidad.

 

Artículo 3°-: La presente resolución rige a partir del día siguiente a su publicación y deroga la Resolución 092 del 4 de marzo de 2021 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.


 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 27 días del mes de octubre del año 2021.

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

Secretaria General


NOTA: Ver Anexo.