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Resolución 622 de 2021 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/12/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/12/2021
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 622 DE 2021

 

(Diciembre 09)

 

Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversión de Ia Secretaria General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., para la vigencia fiscal de 2021

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 y, el Decreto Distrital 001 de 2020

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996[1], "las apropiaciones deben referirse en cada entidad de Ia Administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas."

 

Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "cuando fuere necesario aumentar o disminuir Ia cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y Ia cancelación de apropiaciones ( ... )"

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 328 del 29 de diciembre de 2020, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá. Distrito Capital. para Ia vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 788 del 22 de diciembre de 2020.

 

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones", establece que:

 

Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para validez del concepto previo y favorable de Ia Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de Ia Secretaría Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios. Activos fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Genera/es)”

 

"Que la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D. C., mediante oficio con radicado 2-2021-37860 del 01 de diciembre de 2021, solicitó concepto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, para proceder con el traslado presupuestal entre los rubros 1310201010103-"Maquinaria para uso general", 1310201010104-"Maquinaria para usos especiales". 1310201010105-"Maquinaria de oficina, contabilidad e informática", 1310201010106-"Maquinaria y aparatos eléctricos", 1310201010108-"Aparatos médicos, instrumentos ópticos y de precisión, relojes", 1310202010105-"Articulos textiles (excepto prendas de vestir)", 1310202010106-"Dotacion (prendas de vestir y calzado)". 1310202010201-"Productos de madera, corcho, cestería y espartería", 131020201 0202-"Pasta o pulpa, papel y productos de papel: impresos y artículos relacionados", 1310202010204-"Quimicos básicos", 1310202010205-“Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre)", 1310202010206- "Productos de caucho y plástico", 1310202010207-"Vidrio y productos de vidrio y otros productos no metálicos n.c.p.", 1310202010208-"Muebles; otros bienes transportables n.c.p.", 1310202010302-"Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo)", 1310202020101-"Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas", 131020202030203-"Otros servicios jurídicos n.c.p.". 131020202030313-"Otros servicios profesionales y técnicos n.c.p.", y 131030202-"Otras tasas y derechos no contempladas previamente", por valor de Doscientos Setenta y Seis Millones Trecientos Noventa y Seis Mil Quinientos Tres pesos ($ 276.396.503) mcte.

 

Que mediante comunicación No. 2021EE27904601 del 07 de diciembre de 2021, Ia Directora Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para el trámite de Ia presente modificación.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°-: Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de Ia Secretaría General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para Ia vigencia 2021, por valor de Doscientos Setenta y Seis Millones Trecientos Noventa y Seis Mil Quinientos Tres pesos ($ 276.396.503) mcte, así:

 

CONTRACREDITO

 

 

CREDITO

 

 

Artículo 2°-: Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, a !a Dirección Administrativa y Financiera y a la Subdirección Financiera de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Artículo 3°-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de diciembre del año 2021.

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

SECRETARIA GENERAL

 

NOTA AL PIE DE PÁGINA:

[1]“Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”