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Decreto 3054 de 2013 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
27/12/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 3054 DE 2013

 

(Diciembre 27)

 

Por el cual se modifica el artículo 89 del Decreto número 1510 de 2013

 

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las que le confieren el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 1150 de 2007, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 89 del Decreto número 1510 de 2013 establece que el Gobierno Nacional expedirá el reglamento de enajenación de los bienes a cargo del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco) a más tardar el 1° de enero de 2014;

 

Que el Gobierno Nacional considera necesario ampliar el plazo previsto en el artículo 89 del Decreto número 1510 de 2013, hasta el 31 de octubre de 2014,

 

DECRETA:

 

Artículo 1°. Modificación del artículo 89 del Decreto número 1510 de 2013. El artículo 89 del Decreto número 1510 de 2013 quedará así:

 

"Artículo 89. Frisco. A más tardar el 31 de octubre de 2014, el Gobierno Nacional debe expedir el reglamento de enajenación de los bienes a cargo del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco).

 

Parágrafo transitorio. Mientras este reglamento se expide, la enajenación de los bienes a cargo del Frisco se regirá por las normas contenidas en el Decreto número 734 de 2012".

 

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 89 del Decreto número 1510 de 2013.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D. C., a los 27 días del mes de diciembre del año 2013.

 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

 

La Directora del Departamento Nacional de Planeación,

 

TATYANA OROZCO DE LA CRUZ.