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Resolución 652 de 2021 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/12/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 652 DE 2021

 

(Diciembre 29)

 

Por medio de la cual se adopta el Manual de Contratación, Supervisión e Interventoría de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas mediante el artículo 209 de la Constitución Política, articulo 2.2.1.2.5.3 del Decreto Nacional 1082 de 2015; en concordancia con el artículo 2 del Decreto Distrital 140 de 2021, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales de la ciudadanía y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.

 

Que el artículo 269 de la citada constitución establece la obligatoriedad por parte de la autoridad correspondiente en cada entidad pública de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno.

 

Que, el Decreto Ley 1421 de 1993, mediante el cual se expidió el régimen especial para el Distrito Capital, en el artículo 144 dispone que las normas del Estatuto General de Contratación Pública se aplicarán en el Distrito y sus entidades descentralizadas en todo aquello que no regule el mencionado Decreto.

 

Que el artículo 11 de la Ley 80 de 1993, establece que los jefes o representantes legales de las entidades públicas, según los términos y condiciones de las normas legales que regulen su organización y funcionamiento, tendrán la competencia para ordenar y dirigir los procesos de selección y para escoger los contratistas.

 

Que el artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015, indica que las Entidades Estatales deben contar con un manual de contratación el cual debe cumplir con los lineamientos que para el efecto señale Colombia Compra Eficiente.

 

Que, según lo previsto en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 del 15 de noviembre de 1996, Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, "Los órganos y entidades que con forman el presupuesto anual del Distrito Capital, tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la Ley. Estas facultades estarán en cabeza del jefe de cada entidad quien podrá delegarlas en funcionarios del nivel directivo y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes".

 

Que el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001, consagra que están en cabeza de los Secretarios de Despacho al pertenecer a las entidades ejecutoras que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto, en concordancia con el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996.

 

Que el artículo 2 del Decreto Distrital 140 de 2021, faculta a la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para formular, adoptar, orientar y coordinar las políticas para el fortalecimiento de la función administrativa distrital y su modernización, así como para el desarrollo de las funciones de organización, dirección, control y seguimiento.

 

Que el numeral del artículo 33 del Decreto Distrital 140 de 2021 establece que la Dirección de Contratación de la Secretaria General deberá:

 

"3. Elaborar e implementar los Manuales de Contratación, procedimientos y demás herramientas que se requieran para garantizar el normal desarrollo del proceso de contratación en la entidad."

 

Que mediante la Resolución No, 257 del 22 de junio de 2018, se actualizó y adoptó el Manual de Contratación, Supervisión e Interventoría de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Que es preciso actualizar el Manual de Contratación de la Secretaria General respecto de la formulación, actualización, publicación y seguimiento al Plan Anual de Adquisiciones; Procesos de selección pública de oferentes, Mínima Cuantía, Contratación directa, Agregación de demanda (Contratación por Acuerdo Marco de Precios y Grandes Superficies); Interventoría y/o supervisión; Liquidación de contrato/convenio y Procedimiento administrativo sancionatorio, con ocasión de la restructuración de la Entidad, expedición de nuevas normas y la delegación contractual.

 

Que la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mediante la Resolución 204 del 23 de junio de 2020, modificada por la Resolución 136 del 26 de marzo de 2021, efectuó la delegación del gasto y competencias propias de la actividad contractual, así como el ejercicio de otras funciones.

 

Que de conformidad al numeral 1 del artículo 26 de la Ley 80 de 1993 y los artículos y 84 de la Ley 1474 de 2011, les asiste la necesidad a las entidades estatales de vigilar de manera responsable la ejecución contractual para lo cual deberá designar un supervisor o interventor con el fin de cumplir dicha función. Por lo anterior se hace imperioso establecer las facultades y deberes de los supervisores y/o interventores una vez sean designados para ello por el ordenador del gasto de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C,

 

Que conforme con lo expuesto, y con fundamento en las normas que rigen la contratación pública se hace necesario actualizar y adoptar el Manual de Contratación, Supervisión e Interventoría de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., atendiendo la normatividad vigente y los lineamientos generales impartidos sobre el particular por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el Manual de Contratación, Supervisión e Interventoría de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., que se anexa a la presente Resolución y hace parte integral de la misma.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Comunicar el contenido de la presente Resolución a todas las dependencias de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., por intermedio de la Subdirección de Servicios Administrativos de esta entidad.

 

ARTÍCULO TERCERO. Ordenar la publicación del Manual de Contratación, Supervisión e Interventoría que se adopta por el presente acto administrativo en el Sistema Integrado de Gestión y en la página web de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y deroga la Resolución No. 257 de 2018 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

PUBLIQUESE, COMUNQUESE Y CUMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2021.

 

MARIA CLEMENCIA PEREZ URIBE

 

Secretaria General (E)

 

NOTA: Ver Anexo.