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Resolución 029 de 2022 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/01/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/01/2022
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 029 DE 2022

 

(Enero 19)

 

Por medio de la cual se delega en el/la Jefe de la Oficina de Jurídica la función de adelantar el proceso de cobro persuasivo en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente de las conferidas por el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, el literal a del artículo 10 del Decreto Distrital 289 de 2021 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

 

Que el artículo 211 ídem determinó que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades.

 

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 estableció que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

 

Que el artículo 10 ibídem precisó que el acto de la delegación, siempre será escrito y determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren.

 

Que el artículo 12 ídem especificó que la autoridad delegante puede en cualquier tiempo reasumir la competencia.

 

Que conforme al artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias.

 

Que el literal a) del artículo 10 del Decreto Distrital 289 de 2021 "Por el cual se establece el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones", fijó en las entidades del sector central acreedoras, la competencia para adelantar las actividades de cobro persuasivo.

 

Que de conformidad con lo establecido por el numeral 5 del artículo 16 del Decreto Distrital 140 de 2021, es competencia de la Oficina Asesora de Jurídica: "Liderar el proceso y la Administración del Cobro Persuasivo de las obligaciones exigibles pendientes de pago a favor de la Secretaría en concordancia con los lineamientos técnicos y normativos".

 

Que mediante Resolución No. 399 de 2018 de la Secretaría General, se delegó en el (la) Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., la función de adelantar el proceso de cobro persuasivo con el fin de llevar a cabo las actuaciones establecidas por el artículo 9 del Decreto Distrital 397 de 2011 y la de suscribir las facilidades de pago a que haya lugar en los términos del Capítulo III del citado decreto y demás disposiciones que regulen la materia, decreto que fue derogado por el Decreto Distrital 289 de 2021.

 

Que teniendo en cuenta que la estructura, cuantía y naturaleza de las actividades de cobro persuasivo es eminentemente jurídica y en virtud de los principios de eficacia, economía y celeridad administrativas, se hace necesario delegar en el (la) Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica, la competencia de adelantar los actos tendientes a llevarlas a cabo.

 

Que en virtud de lo anterior,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. DELEGAR en el (la) Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., la función de adelantar las actividades de cobro persuasivo con el fin de llevar a cabo las actuaciones establecidas en el Decreto Distrital 289 de 2021 o la norma que la modifique o sustituya.

 

Artículo 2. COMUNICAR al (a la) Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el contenido del presente acto administrativo, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de esta entidad.

 

Artículo 3. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno por ser un acto de trámite de conformidad con lo establecido por el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

 

Artículo 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su comunicación y deroga la Resolución No. 399 de 2018 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 19 días del mes de enero del año 2022.

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

Secretaria General