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Resolución 074 de 2022 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/02/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/02/2022
Medio de Publicación:
Registro distrital No.7364 del 11 de febrero de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 074 DE 2022

 

(Febrero 09)

 

Por la cual se adiciona la Resolución No. 028 de 2018

 

LA SECRETARIA GENERAL (E) DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en la Ley 1811 de 2016, el Decreto Distrital 101 de 2004 y el Decreto Distrital 036 de 2022, la Resolución 160 de 2017 del Ministerio de Transporte y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 5° de la Ley 1811 de 2016 “Por la cual se otorgan incentivos para promover el uso de la bicicleta en el territorio nacional y se modifica el Código Nacional de Tránsito”, estableció:

 

Artículo 5°. Incentivo de uso para funcionarios públicos. Los funcionarios públicos recibirán medio día laboral libre remunerado por cada 30 veces que certifiquen haber llegado a trabajar en bicicleta.

 

Parágrafo 1°. Cada entidad en un plazo no mayor a un (1) año deberá establecer las condiciones en que las entidades del sector público validarán los días en que los funcionarios públicos llegan a trabajar en bicicleta y las condiciones para recibir el día libre remunerado.

 

Parágrafo 2°. Los funcionarios públicos beneficiados por la presente ley podrán recibir hasta 8 medios días remunerados al año.

 

(…)”.

 

Que la Resolución No. 160 de 2017 expedida por el Ministerio de Transporte, señaló que cada entidad del sector público deberá establecer las condiciones desde el punto de vista jurídico, operativo y administrativo para que los funcionarios públicos accedan a los beneficios de que trata la Ley 1811 de 2016.

 

Que en cumplimiento a lo anterior, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., expidió la Resolución No. 28 del 22 de enero de 2018 “Por la cual se adopta el incentivo del uso de la bicicleta para los funcionarios públicos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.”.

 

Que el Gobierno Distrital viene implementando estrategias para fortalecer la movilidad de la ciudad de Bogotá, D.C., dentro de las cuales la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones - TIC, diseñó la aplicación móvil MoviApp.

 

Que la aplicación MoviApp, está disponible para los sistemas operativos móviles Apple (iOS) y Google (Android) y para su uso los servidores de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., requieren un teléfono Smartphone y datos móviles.

 

Que mediante Resolución No.490 del 6 de noviembre de 2018, se modificó el procedimiento para acceder al beneficio del uso de la bicicleta o bicicleta asistida, para llegar a laborar a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., derogando algunas disposiciones de la Resolución No. 028 de 2018 y estableciendo la aplicación móvil MoviApp como medio para el registro, uso del beneficio, consulta y generación de los reportes.

 

Que la aplicación móvil MoviApp al iniciar su operación durante el segundo semestre de 2021 generó dificultades para el reporte de la información que permite acceder al incentivo por el uso de la bicicleta, situación que implicó que los servidores y la Dirección de Talento Humano usaran otros medios para certificar el cumplimiento del número de viajes exigidos por la Ley.

 

Que la Oficina de Control Interno en Informe de Auditoría realizada al Plan de Bienestar Social e Incentivos, entre el 1° y el 28 de octubre de 2021, estableció la siguiente oportunidad de mejora: “Dado que la Resolución 490 del 6 de noviembre de 2018 expedida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. contempla como periodo de transición la vigencia 2018, para utilizar como único soporte válido para certificar los funcionarios públicos que accederán al incentivo del uso de la bicicleta el generado del aplicativo MoviApp, es conveniente definir si el aplicativo MaviApp va a operar como único soporte válido para certificar el incentivo del uso de la bicicleta o en su defecto ajustar la resolución a los medios documentales a que se ha recurrido para el otorgamiento de incentivos correspondientes”.

 

Que en el Plan de Bienestar Social e Incentivos para la vigencia 2022, adoptado mediante Resolución No. 025 del 18 de enero de 2022, se estableció el incentivo por el uso de la bicicleta, aclarando que “[e]n caso de que la MoviApp se encuentre en mantenimiento o reporte alguna dificultad para su uso, los bici-usuarios podrán soportar los informes de los recorridos con certificación del jefe inmediato”.

 

Que por lo anterior, se hace necesario adicionar la Resolución No. 028 de 2018 a efectos de establecer el procedimiento para acceder al beneficio del uso de la bicicleta o bicicleta asistida, para llegar a laborar a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. haciendo uso de la MoviApp y en caso que el aplicativo presente fallas en su operación, los bici-usuarios podrán soportar el cumplimiento de los requisitos para acceder al incentivo mediante informes certificados por el jefe inmediato.

 

Que a efectos de racionalizar la expedición de actos administrativos, se derogará la Resolución No. 490 de 2018.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Adicionar el artículo 5 de la Resolución No. 028 de 2018, el cual quedará así:

 

“Artículo 5º-: Los funcionarios públicos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para acceder al beneficio del incentivo del uso de la bicicleta deberán registrarse en el aplicativo MoviApp, el cual utilizarán en un teléfono Smartphone que cuente con datos móviles.

 

Parágrafo. El funcionario público que ingrese en bicicleta a la entidad, debe activar al inicio de su recorrido la aplicación MoviApp, la cual registrará la distancia y duración del recorrido en bicicleta, hasta las instalaciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., donde labore”.

 

Artículo 2. Adicionar el artículo 6 de la Resolución No. 028 de 2018, el cual quedará así:

 

Artículo 6º-: El reporte de la aplicación MoviApp, será el soporte válido para certificar los funcionarios públicos que accederán al incentivo del uso de la bicicleta, cumpliendo los horarios establecidos por la Entidad.

 

En caso que MoviApp presente dificultades en su operación, los bici-usuarios podrán soportar los informes de los recorridos con certificación del jefe inmediato.


Artículo 3. Adicionar el artículo 7 de la Resolución No. 028 de 2018, el cual quedará así:

 

Artículo 7º-: La Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones - TIC de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., pondrá a disposición de la Dirección de Talento Humano, la aplicación MoviApp, para la consulta y generación de los reportes de los funcionarios que se beneficien con el incentivo del uso de la bicicleta.

 

Artículo 4. Adicionar el artículo 8 de la Resolución No. 028 de 2018, el cual quedará así:

 

Artículo 8º-: El incentivo del uso de la bicicleta, deberá redimirse durante los siguientes quince (15) días calendario a partir de la fecha de la solicitud, presentada por el servidor con el visto bueno de su jefe inmediato en la Dirección de Talento Humano Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.”.

 

Artículo 5. La presente resolución rige a partir del día siguiente la fecha de su publicación, modifica la Resolución No. 028 del 22 de enero de 2018 y deroga la Resolución No. 490 de 2018.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de febrero del año 2022.

 

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE

 

Secretaria General (E)