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Circular Conjunta 003 de 2022 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd

Fecha de Expedición:
05/04/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/04/2022
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 003 DE 2022

 

(Abril 05)

 

Para: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES, PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, AGENCIA DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA -ATENEA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA, RECTOR ENTE UNIVERSITARIO AUTONOMO, PRESIDENTE DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, VEEDOR DISTRITAL (E), PERSONERO DE BOGOTÁ, CONTRALOR DE BOGOTÁ, JEFES O RESPONSABLES DE TALENTO HUMANO Y LIDERES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

 

De: SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

DIRECTORA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL

 

Asunto: MODALIDADES DE TRABAJO Y LINEAMIENTOS DE BIOSEGURIDAD EN AMBIENTES LABORALES.

 

Rad. 2-2022-10887

 

Con ocasión de la emergencia sanitaria ocasionada por la propagación del COVID-19[1], la Administración Distrital ha adoptado medidas que buscan mitigar las condiciones epidemiológicas generadas por la pandemia, fomentar los ambientes laborales seguros, así como contribuir a la reactivación económica de Bogotá D.C. De acuerdo con lo anterior, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital en ejercicio de sus funciones y atribuciones en materia de orientación a la gestión pública distrital, efectúa algunas consideraciones e imparte lineamientos.

 

1. MODALIDADES DE TRABAJO (TELETRABAJO Y TRABAJO EN CASA)

 

De acuerdo con la evolución de la emergencia sanitaria generada por el COVID-19, se han implementado por las entidades las diferentes modalidades de trabajo, inicialmente mediante el trabajo en casa fundado en la normativa sanitaria, de igual forma se ha incentivado la modalidad establecida ordinariamente por el legislador como lo es el teletrabajo prevista en la Ley 1221 de 2008[2], implementada en el Distrito Capital mediante el Decreto Distrital 806 de 2019 y, progresivamente las entidades han retornado al trabajo presencial. Adicionalmente, la Ley 2088 de 2021[3] “Por la cual se regula el trabajo en casa y se dictan otras disposiciones" y el Decreto Nacional 1662 de 2021[4]  "Por el cual se adiciona el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de la Función Pública, en relación con la habilitación del trabajo en casa para los servidores públicos de los organismos y entidades que conforman las ramas del poder público en sus distintos órdenes, sectores y niveles, órganos de control, órganos autónomos e independientes del Estado”, han reglamentado el trabajo en casa, en cualquier época, bajo condiciones ocasionales, excepcionales o especiales, para lo cual se requiere de la expedición de un acto administrativo de habilitación.

 

En esos términos, y por considerar de gran importancia conocer las modalidades de trabajo que se han implementado, atentamente, les solicitamos a cada Entidad y Organismo Distrital, registrar la información sobre los(as) servidores (as) a fin de conocer cuántos desempeñan sus labores en presencialidad total, bajo la modalidad de teletrabajo o trabajo en casa, en el siguiente link: https://encuestas.serviciocivil.gov.co/index.php/277886?lang=es-CO a más tardar el 8 de abril de 2022.

 

2. CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE BIOSEGURIDAD EN LOS AMBIENTES LABORALES.

 

2.1. Protocolo General de Bioseguridad.

 

Las entidades y organismos del sector público de Bogotá, D.C., en cumplimiento la Resolución 350 de 2022 del Ministerio de Salud y Protección Social deberán actualizar y adoptar el protocolo de biosequridad contenido en el anexo técnico de la citada resolución.

 

En virtud de lo anterior, una vez la entidad u organismo distrital haya efectuado el proceso de actualización y adopción del Protocolo de Bioseguridad en los términos de la Resolución 350 de 2022, deberá registrar el correspondiente acto administrativo y sus anexos en el "Sistema Distrital de Alertas Tempranas por COVID 19 - SDAT COVID 19" del SIDEAP, para efectos de garantizar y monitorear desde el Sector Gestión Pública, el acatamiento de dichas disposiciones de bioseguridad en los ambientes laborales públicos del Distrito Capital.

 

Debe en todo caso, considerarse que para las Subredes Integradas de Servicio de Salud E.S.E., la Resolución 1155 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, regula específicamente el manejo y control del riesgo del Coronavirus COVID-19 en la prestación de los servicios de salud, incluidas las actividades administrativas, de apoyo y alimentación la cual aplica a todas las actividades relacionadas con la prestación de servicios de salud, sean de atención a la COVID-19 o no y su cadena de suministro.

 

2.2 Vacunación de servidores, servidoras y contratistas.

 

Las entidades y organismos distritales deberán profundizar las medidas de protección de la salud de los y las colaboradoras y los y las servidoras distritales por medio de la promoción de la vacunación contra la COVID  19 en cumplimiento de las etapas de vacunación dispuestas por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 580 del 31 de mayo de 2021, de igual forma, deberán registrar la información relacionada con la vacunación en primera, segunda y dosis de refuerzo de los servidores, servidoras y contratistas del Distrito Capital a través del Sistema Distrital de Alertas Tempranas COVID 19 del SIDEAP.

 

Finalmente, desde el Sector Administrativo de Gestión Pública continuamos exhortando a las y los servidores y las y los colaboradores públicos del Distrito Capital para seguir afianzando las prácticas de autocuidado individual y colectivo con el fin de romper las cadenas de transmisión del Covid-19 y, en virtud de ello, continuar impulsando la recuperación de la actividad socioeconómica y cultural asociada al control de la pandemia del Covid-19 y capitalizar sus aprendizajes en la apuesta de nuestro Plan Distrital de Desarrollo por hacer de Bogotá una ciudad más cuidadora, incluyente, sostenible y consciente, mediante un nuevo contrato social, ambiental e intergeneracional para la Bogotá del siglo XXI.

 

Cordialmente

 

MARÍA CILIEMIENCIA ÉREZ URIBE

 

Secretaria General

 

Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

NIDIA ROCÍO VARGAS

 

Directora

 

Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

 

Proyectó: Luis Alejandro Fernández Vargas - Asesor Externo.

César Augusto Vera Ávila - Contratista DASCD.

Revisó:    Luz Karime Fernández Castillo - Subsecretaria Corporativa de la Secretaria Genera.

               José Agustín Hortúa Mora - Subdirector Distrital de Bienestar, Desarrollo y Desempeño del DASCD.

                Luis Fernando Montero Lancheros - Jefe Oficina TICS DASCD

                María Teresa Rodríguez Leal - Subdirectora Jurídica DASCD

Aprobó:   Paulo Ernesto Realpe Mejía - Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica de la Secretaria Genera


NOTAS AL PIE DE PÁGINA:


[1] Resolución 304 del 23 de febrero de 2022 Por la cual se prorroga la emergencia sanitaria por el coronavirus CO VID- 19. declarada mediante Resolución 385 de 2020 y prorrogada por las Resoluciones 844, 1462, 2230 de 2020 y 222, 7381, 1315 y 1913 de 2021"

[2] "Por la cual se establecen normas para promover y regular el Teletrabajo y se dictan otras disposiciones”

[3] "Por el cual se regula el trabajo en casa y se dictan otras disposiciones”

[4] “Por el cual se adiciona el Decreto 1083 de 2015 Único Reglamentario del Sector de la Función Pública, en relación con la habilitación del trabajo en casa para los servidores públicos de/os organismos y entidades que conforman las ramas del poder público en sus distintos órdenes, sectores y niveles, órganos de control, órganos autónomos e independientes del Estado”