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Resolución 231 de 2022 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/05/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/05/2022
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 231 DE 2022

 

(Mayo 24)

 

Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversión de La Secretaría General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. para la vigencia fiscal de 2022

 

LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA, D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, y el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001

 

CONSIDERANDO:

 

Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996[1], "Las apropiaciones deben referirse en cada Entidad de la Administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas."

 

Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas. podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente: a) Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar Ia de otra, en la misma cuantía. (...)"

 

Que el artículo 10° del Decreto Distrital No. 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dieron otras disposiciones", establece que:

 

"Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de La deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D. C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para validez del concepto previo y favorable de La Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación.

 

Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)."

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 540 del 24 de diciembre de 2021, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto Distrital 518 del 16 de diciembre de 2021.

 

Que Ia Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., mediante oficio con radicado 2-2022- 14185 del 06 de Mayo de 2022, solicitó concepto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, para proceder con el traslado presupuestal entre los rubros "0211010100101- Sueldo básico", '021 1010100104-Subsjdjo de alimentación", "021 10101OOlO5-Auxjlio de transporte", "02110101 0010801-Prima de navidad", "02 11OIOIOO10802-Prima de vacaciones", "0211010100109- Prima técnica salarial", "02 11010100204-Prjma semestral", '02 11010200101 -Aportes a la seguridad social en pensiones públicas", "021 101O2002O2-Aportes a la seguridad social en salud privada", "02I10I0200302-Aportes de cesantías a fondos privados", "021I0I0200401-Compensar" "021 1OIO2005OI-Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos", "021 l0102006-Aportes al ICBF", "021 lO102007-Aportes al SENA", "021 1Ol02008-Aportes a la ESAP", "02110102009- Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos". "02120201002032381302-Caf6 molido", 02 120201002032391101 -Té elaborado", "02120201002032399921 -Productos aromáticos diversos". 02 120201002042441001 -Agua purificada (envasada)", "0212020100207271 9007-Filtros de material textil, para usos técnicos e industriales", "02120201002072719009-Paños absorbentes desechables para uso doméstico", "02120201 OO2O72732007-Mechas para trapero", "021202010020727921 04-Fieitros de algodón", '02120201003023213101-Papel del tipo utilizado para papel higiénico", "021202010030232131 02-Papel para servilletas, toallas y similares", "02120201003023219303 Pañuelos de papel", "021202010030232193 04-Toallas de papel", "0212020100303333 5004-Varsol disolvente num. 4", "0212020100303333 7002-Electrocombustible (combustóleo para electrificadoras)", "02120201003043413902-Alcohol metílico-metanol", "02120201003043423106- Cloro", "02120201003043466401 -Desinfectantes", "02120201003 043466402-Bactericidas, microbicidas y productos similares", "02120201003053532101-Jabones en pasta para lavar", "021202010030535321 04-Jabones industriales", "02120201003063641001 -Bolsas de material plástico sin impresión", "0212020100306369401 6-Recogedores plásticos de basura". "0212020100307371 9305-Vasos y jarros de vidrio", "02120201003073722101 -Vajillas de loza pedernal", "021202010030838993 02-Escobas", "02120201004024291231 -Esponjas y esponjillas metálicas", "02120202006086801 9-Otros servicios postales n.c.p.". "0212020200703731 22-Servicios de arrendamiento o de alquiler de maquinaria y equipo de construcción sin operario". "021202020070373230-Servicios de arrendamiento sin opción de compra de muebles y otros aparatos domésticos", "021202020080383 113-Servicios de consultoría en administración del recurso humano", "021202020080585330-Servicios de limpieza general", "021202020080585510- Servicios de reserva venta y reventa de tiquetes para transporte", "02120202010-Viáticos de los funcionarios en comisión", por valor de Seiscientos Cuarenta y Tres Millones Quinientos Ochenta y Tres Mil Ochocientos Sesenta y Siete pesos (643.583.867) mcte.

 

Que mediante comunicación No. 2022EE12714201 del 16 de Mayo de 2022. la Directora Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación.

 

Que en consecuencia, la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C., requiere efectuar la modificación presupuestal descrita realizando una redistribución en los rubros de Gastos de Personal y Adquisición de Bienes y Servicios, con el propósito de atender las necesidades derivadas de la asistencia a visitas de carácter administrativo, misiones o eventos especiales por parte de funcionarios de la entidad, adicionalmente se requiere sufragar los gastos de implementación y acompañamiento del "Sello de igualdad de género en instituciones públicas - Equipares" y la certificación como "Empresa Familiarmente Responsables", especialmente enmarcado en la aplicación de la Resolución 224 de 2020 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. y en el plan estratégico de talento humano. respectivamente. De igual manera se requiere sufragar gastos de carácter administrativo como los recursos adicionales para el centro de correspondencia, contrato de aseo y cafetería y los tiquetes aéreos necesarios para el desplazamiento de funcionarios en lo que resta de la actual vigencia.

 

Que, en mérito de lo expuesto.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°: Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de Ia Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.. para Ia vigencia 2022, por valor de Seiscientos Cuarenta y Tres Millones Quinientos Ochenta y Tres Mi! Ochocientos Sesenta y Siete pesos ($643.583.867) mcte., así:

 

 

 

Artículo 2°: De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto 540 de 2021, para efecto de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretarla General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. a la Dirección Distrital de Presupuesto de Ia Secretaría Distrital de Hacienda, a la Dirección de Talento Humano, a la Dirección Administrativa y Financiera y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Artículo 3°: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de mayo del año 2022.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

MARIA CLEMENCIA PEREZ URIBE

 

SECRETARIA GENERAL

 

NOTA AL PIE DE PÁGINA:


[1] "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 26 c/c 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”