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Resolución 012 de 2022 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación

Fecha de Expedición:
05/08/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/08/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7501 del 09 de agosto de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 012 DE 2022

 

(Agosto 05)

 

Por medio de la cual se aclara la Resolución 011 del 16 de junio de 2022

 

EL ALTO CONSEJERO DE PAZ, VÍCTIMAS Y RECONCILIACIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Decreto Distrital 140 de 2021, y la Resolución No. 243 de 2020, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Resolución No. 011 de 2022 del 16 de junio de 2022, estableció los componentes, requisitos y el procedimiento para el pago, que se reconocerá y desarrollará durante la vigencia 2022, para la implementación de medidas de reparación colectiva en el marco del cumplimiento del Plan Integral de Reparación Colectiva territorializado en Bogotá, del Sujeto de Reparación Colectiva “Pueblo Rrom” representado por las organizaciones “Prorrom y Unión Romaní”.

 

Que el artículo 13 de la mencionada resolución, ordenó a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., la expedición de Registros Presupuestales por valor total de OCHENTA MILLONES DE PESOS ($ 80.000.000,00) M/CTE., con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal, No. 896 del 19 de mayo de 2022, de la siguiente forma:

 

 

Que el mencionado artículo presentó un error involuntario de digitación en el Número de Identificación Tributaria -NIT- de la organización Unión Romaní, siendo el número correcto 900081156- 1, el cual, si bien no afecta de fondo la resolución Resolución No. 011 de 2022, es preciso realizar la respectiva aclaración con el fin de que la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., expida de manera correcta el Registro Presupuestal correspondiente.

 

Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 establece: “Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”.

 

Que a la luz de la doctrina especializada, cuando un acto administrativo de carácter particular y concreto se somete a una aclaración o a una corrección material, sus efectos son retroactivos y la nueva providencia se integra al acto que contiene la decisión de fondo aclarada.

 

Que conforme a los principios que rigen la administración pública entre ellos el control gubernativo, permite que la administración revise sus propios actos, los modifique, aclare o revoque de acuerdo con la pertinencia y conducencia que los reviste.

 

Que con base en lo expuesto y al evidenciarse el error de digitación contenido en el artículo 13 de la Resolución No. 011 de 2022, se procede a efectuar la respectiva corrección.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Aclarar el inciso primero del artículo 13 de la Resolución No. 011 de 2022, el cual quedará así:

 

Registros Presupuestales. Ordenar a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., la expedición de Registros Presupuestales de acuerdo con el monto indicado en la tabla precedente que corresponden al valor total de OCHENTA MILLONES DE PESOS ($ 80.000.000,00) M/ CTE., con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal, No. 896 del 19 de mayo de 2022 de la siguiente forma:

 

 

Artículo 2. Comunicar el contenido de este acto a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).

 

Artículo 3. Contra la presente Resolución no proceden recursos.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de agosto del año 2022.

 

CARLOS VLADIMIR RODRIGUEZ VALENCIA

 

Alto Consejero de Paz, Víctimas y Reconciliación