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Circular 25 de 2004 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/04/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/04/2004
Medio de Publicación:
No se publica
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 25 DE 2004

Dejada sin efectos por el Decreto Distrital 139 de 2010

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, GERENTES Y DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS, UNIDADES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO, SOCIEDADES PUBLICAS, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA , EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS OFICIALES Y MIXTAS, UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS Y VEEDURIA DISTRITAL

DE:

SECRETARIO GENERAL

ASUNTO:

REMISION OPORTUNA DE TRAMITE DE PROYECTO DE ACTO ADMINISTRATIVO, DIRECTIVA, CIRCULAR, CONTRATO, CONVENIO Y DEMAS COMUNICACIONES PARA FIRMA DEL ALCALDE MAYOR, SECRETARIO GENERAL O DEL GOBIERNO DISTRITAL

FECHA:

Abril 15 de 2004

Radicado 2-2004-17474

Me permito recordarles dar cabal cumplimiento a la Resolución 423 del 03 julio de 2002, que anexo a la presente, proferida por la Secretaría General en especial a los artículos 2º y 3º del citado acto administrativo. Lo anterior con el propósito que se de el trámite oportuno y eficaz de los documentos, que envían las diferentes entidades y organismos a su cargo, entendidos como tales los proyectos de acto administrativo, circular, directiva, contrato, convenio y demás comunicaciones que se presenten para la firma del Alcalde Mayor, del Secretario General o del Gobierno Distrital, los cuales deberán observar los siguientes requisitos:

1. El documento se presentará, ante la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá para su revisión, con ocho (8) días hábiles de antelación a la fecha en que deba expedirse el mismo, con el debido cumplimiento de los requisitos de presentación señalados en el artículo 2º de la Resolución 423 de 2002, acompañado de su correspondiente antecedente.

2. En el evento que se trate de un documento de carácter general y abstracto deberá acompañarse al proyecto una exposición de motivos técnico-jurídica y de conveniencia avalada por el Jefe de la entidad u organismo correspondiente y por el Director o Jefe de la Oficina Jurídica respectiva, en la que se expongan las razones que motivan la regulación que se propone.

3. En tratándose de contratos y convenios o actos inherentes a los mismos, estos deberán enviarse con ocho (8) días hábiles de antelación a la fecha en que deban suscribirse. Para lo cual, se anexarán los antecedentes y estudios previos necesarios para su celebración, así como la refrendación por escrito del Jefe de la respectiva entidad u organismo y de su correspondiente Oficina Jurídica. Cada contrato y/o convenio contendrá una cláusula en la cual se determine la dependencia, organismo o entidad responsable de su ejecución.

4. El proyecto de acto administrativo, directiva, circular, contrato, convenio u otra comunicación objeto de trámite para firma del señor Alcalde Mayor, del Secretario General o del Gobierno Distrital deberá enviarse también por vía electrónica, en medio magnético u óptico.

Resulta de vital importancia que Ustedes tengan en cuenta las instrucciones antes señaladas, a fin de evitar la devolución de los citados documentos, por parte de la Secretaría General, sin su trámite correspondiente a las entidades u organismos responsables.

Cordialmente,

ENRIQUE BORDA VILLEGAS

Secretario General

Anexo lo anunciado en (11) folios