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Resolución 143 de 2022 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/04/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 143 DE 2022

 

(Abril 05)

 

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 828 de 30 de noviembre de 2020

 

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 2 del Decreto Distrital No. 140 de 2021, el artículo 7 del Decreto Distrital No. 489 de 2009, modificado por el artículo 4 del Decreto Distrital No. 118 de 2018, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo del Decreto Distrital No. 489 de 2009, modificado por el artículo 4 del Decreto Distrital No. 118 de 2018, establece: "Los/las Gestores/as de Integridad son servidores/as del Distrito Capital, cuya misión es liderar la sensibilización y motivación para el arraigo de la cultura de Integridad y de servicio en las prácticas cotidianas de la administración distrital".

 

Que conforme lo dispuesto en el artículo 7 del mismo Decreto, y una vez surtido el proceso de postulación voluntaria, validación y ratificación, se expidió la Resolución No. 828 del 30 de noviembre de 2020, por medio de la cual se reconocieron de forma oficial los/las Gestores/as de Integridad de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para el periodo 2020 - 2022.

 

Que mediante Resolución No. 523 del 11 de octubre de 2021 se modificó la Resolución No. 828 del 30 de noviembre de 2020, en lo que respecta al reconocimiento de los/las Gestores/as de Integridad, designados por la Oficina Asesora de Jurídica, la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional y la Dirección del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía.

 

Que la señora Daily Reyes Trujillo, identificada con cédula de ciudadanía No.52.471.415, quien fue reconocida como gestora de integridad de la Subdirección de Servicios Administrativos mediante Resolución No. 828 del 30 de noviembre de 2020, fue nombrada por medio de la Resolución No. 154 del 16 de diciembre de 2021, en "período de prueba" para desempeñar el cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 03, en el Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico - IDEP, por el termino de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de posesión en el mismo, motivo por el cual, mediante Resolución No. 002 del 05 de enero de 2022 se declaró la vacancia temporal del cargo Profesional Universitario Código 219 Grado 08 desempeñado por la servidora en mención en la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a partir del diecisiete (17) de enero de 2022. Por ello y como quiera que la dependencia en mención cuenta con otra gestora de integridad, la señora, Lady Yesenia Rodríguez Benjumea identificada con la cédula de ciudadanía No. 1.022.340.218, se procederá a sustraer del equipo de Gestores/as de Integridad, a la señora Reyes Trujillo.

 

Que a través de memorando con radicado No. 3-2022-8445 del 09 de marzo de 2022, dirigido a la Dirección de Talento Humano, se informa que por parte de la Subsecretaría Corporativa fue designada como nueva gestora de integridad, la servidora pública Paula Andrea Barrantes Ramírez. Ello considerando que la Señora Martha Lucia Noquera Baquero, actualmente se encuentra como Asesora del Despacho de la Secretaría General.

 

Que en el mismo sentido, por medio del memorando con radicado No. 3-2022-8455 del 09 de marzo de 2022, dirigido a la Dirección de Talento 1-lumano, se informa que por parte de la Dirección Distrital de Calidad del Servicio fue designada como nueva gestora de integridad, la servidora pública Martha Liliana Rodríguez Carrillo identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.787.181, en reemplazo de la servidora Pilar Hernández Mora, identificada con la cédula de ciudadanía No. 39.777.454.

 

Que visto lo anterior, se hace necesario reconocer de forma oficial dos nuevos Gestores/as de Integridad y actualizar el equipo de servidores/as y colaboradores/as que cumplen esta labor en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°-: Modificar parcialmente el artículo de la Resolución No. 828 del 30 de noviembre de 2020, en el sentido de reconocer de forma oficial a los siguientes servidores/as como nuevos Gestores/as de Integridad de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.:

 

 

Parágrafo. - Los Gestores/as de Integridad reconocidos asumirán sus responsabilidades a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución y por el término restante para la finalización del período de dos (2) años establecido en la Resolución No. 828 de 2020.

 

Artículo 2°-: De conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 828 de 2020, modificada por la Resolución No. 523 del 11 de octubre de 2021, y lo señalado en la parte motiva del presente acto administrativo, los Gestores/as de Integridad de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para el período 2020-2022, son los siguientes servidores/as y colaboradores:

 

 

Artículo 3°-: Comunicar el contenido de la presente Resolución a los servidores/as y colaboradores señalados en los artículos 1° y 2° de este acto administrativo, a la Subsecretaría Corporativa, a la Dirección Distrital de Calidad del Servicio, y a la Dirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos.

 

Artículo 4°-: La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su comunicación, modifica la Resolución No. 828 de 2020 y deroga la Resolución No. 523 del 11 de octubre de 2021.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de abril del año 2022.

 

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ

 

Secretaría General


NOTA: Ver norma original en Anexos.