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RESOLUCIÓN 520 DE 2022
(Octubre 21)
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 031 del 20 de enero de 2022 "Por la cual se constituye y establece el funcionamiento de la Caja Menor de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia 2022”
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Distrital 140 de 2021 y el artículo 57 del Decreto Distrital 192 de 2021 y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Distrital 192 de 2021 reglamentó el funcionamiento de las Cajas Menores y los Avances en Efectivo y estableció que las Cajas Menores se constituirán para cada vigencia fiscal.
Que, el Contador General de Bogotá, mediante la Resolución DDC-00001 del 12 de mayo del 2009, adoptó el Manual para el Manejo y Control de Cajas Menores, y señaló que el mismo debía ser aplicado por los órganos que conforman el Presupuesto Anual y las entidades distritales con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado respecto de las transferencias de la Administración Central, las Empresas Sociales del Estado y los Fondos de Desarrollo Local.
Que, la Secretaría Distrital de Hacienda a través de la Resolución SDH - 000191 del 22 de septiembre de 2017, adoptó y consolidó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, y en el numeral 3.2.2 del Módulo 1 del manual referente al manejo de cajas menores, estableció que cada entidad constituirá la caja menor para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el representante legal del respectivo organismo, la cual debe indicar, el responsable, la finalidad, la clase de gasto, la unidad ejecutora y la cuantía de cada rubro presupuestal.
Que, el artículo 20 del Decreto Distrital 492 de 2019, dispuso que: “El responsable y ordenador del manejo de la caja menor en cada entidad y organismo distrital deberá ceñirse estrictamente a los gastos que tengan carácter de imprevistos, urgentes, imprescindibles e inaplazables y enmarcados dentro de las políticas de racionalización del gasto. (…)”.
Que, el artículo 2 del Decreto Distrital 540 de 2021, estableció el presupuesto anual de gastos e inversiones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para la vigencia 2022, por valor de DOSCIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS M/CTE ($204.632.525.000) que corresponde a 204.632,52 salarios mínimos legales mensuales vigentes, lo que permite constituir una caja menor hasta por una cuantía máxima de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes, de conformidad con el artículo 61 del Decreto Distrital 192 de 2021.
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del Decreto Distrital 192 de 2021, el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. expidió el certificado de disponibilidad presupuestal No. 29 del 3 de enero de 2022 para constituir la caja menor de la entidad, cuyo valor vigente es de VEINTINUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS M/CTE ($29.197.129), de conformidad con la modificación objeto de la Resolución 437 del 09 de septiembre de 2022.
Que, mediante el artículo 1 de la Resolución No. 437 del 09 de septiembre 2022 expedida por la entidad, se modificó parcialmente la Resolución 031 del 20 de enero de 2022 por la cual se constituyó la Caja Menor de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá de la vigencia 2022, cuya cuantía quedó en VEINTINUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS M/CTE ($29.197.129) y distribución mensual de CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($4.167.000)
Que, la entidad se encuentra adelantando el trámite de certificación en la Norma Técnica Colombiana NTC-5926-1 del ascensor Avaro Niño, ubicado en el Edificio Liévano, el cual de acuerdo con el informe de inspección No. TV-9306-272744 realizado por la empresa Engygas Services, acreditada por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia - ONAC, requiere del cambio de algunos componentes y accesorios eléctricos y mecánicos para su acreditación, por lo cual, y en razón al costo de estos elementos, para su adquisición se requiere aumentar la cuantía del gasto mensual de la caja menor, correspondiente al rubro "Otro equipo eléctrico y sus panes y piezas", pasando de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE ($242.000) a QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE ($555.000).
Que, seguidamente y en atención a lo establecido en los Decretos Distritales 531 de 2010 y 383 de 2018, relacionados con el tratamiento de la silvicultura urbana, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., con oficio 2-2022-21980 del 29 de julio de 2022, radicó ante la Secretaría Distrital de Ambiente la solicitud para el manejo forestal de cinco (5) árboles ubicados en la sede del Archivo Distrital de Bogotá, siendo necesario realizar el pago a la Secretaria Distrital de Ambiente por concepto de seguimiento a la solicitud de concepto de tratamiento silvicultural, de conformidad con la respuesta contenida en oficio 2022EE236453 del 15 de septiembre de 2022, emitido por la Subdirección de Silvicultura, Flora y Fauna Silvestre; y cuyo costo se liquidó en la plataforma ventanilla virtual de la Secretaría de Ambiente por valor de CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($194.000), pago que por su cuantía y celeridad, debe realizarse a través de la caja menor.
Que, para atender el pago de tasas y derechos administrativos en lo que resta de la presente vigencia fiscal, se requiere adicionar el rubro 021803 "Tasas y derechos administrativos" a la Caja Menor de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en cuantía de OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($837.000) y con un valor de gasto mensual de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE. ($279.000).
Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59 del Decreto Distrital 192 de 2021, el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., expidió el certificado de disponibilidad No. 1251 del 12 de octubre de 2022 para adicionar la caja menor de la entidad con el rubro 021803 "Tasas y derechos administrativos", con la proyección del número de reembolsos que se pretenden realizar durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2022
Que en virtud de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°-: Modificar el artículo 1 de la Resolución 031 del 20 de enero de 2022, que a su vez fue modificado por el artículo 1 de la Resolución 437 del 09 de septiembre de 2022, aumentando la cuantía de gasto mensual del rubro "Otro equipo eléctrico y sus partes y piezas", el cual pasa de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE. ($242.000) a QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS MICTE. ($555.000); y adicionar a la caja menor el rubro presupuestal de "Tasas y derechos administrativos" en cuantía de OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($837.000) y una cuantía de gasto mensual de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESO M/CTE. ($279.000).
En consecuencia, la caja menor de la entidad anual asignada para sufragar los gastos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles según certificado de disponibilidad presupuestal No. 29 del 3 de enero de 2022, y 1251 del 12 de octubre de 2022 queda en la suma de TREINTA MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS M/CTE. ($30.034.129), con un total de gasto mes de CUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE.($4.759.000) y un control de reembolso mes del 70%, distribuidos así:
Las demás disposiciones de la mencionada Resolución continúan vigentes en los mismos términos.
Artículo 2°-: Comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Administrativa y Financiera y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para lo de su competencia.
Artículo 3°-: Vigencia. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de octubre del año 2022.
MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE
Secretaría General |