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RESOLUCIÓN 576 DE 2022
(Noviembre 09)
Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2022
LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996[1], "Las apropiaciones deben referirse en cada Entidad de la Administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas."
Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones (...)".
Que el artículo 10° del Decreto Distrital No. 192 de 2021 "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones", establece que:
"Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.
Estos actos administrativos requieren para validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros. Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)."
Que mediante el Decreto Distrital No. 540 del 24 de diciembre de 2021, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Decreto Distrital 518 del 16 de diciembre de 2021.
Que mediante memorando con radicado 3-2022-31765 la Dirección Administrativa y Financiera, con base en los radicados: 3-2022-31616 del 08 de noviembre de 2022 de la Dirección de Talento Humano, 3-2022-31729 del 09 de noviembre de 2022 de la Dirección Administrativa y Financiera, solicita realizar un traslado presupuestal con el fin de contar con los recursos necesarios para suplir unas necesidades de funcionamiento de las siguientes dependencias, así:
1. Dirección de Talento Humano: solicita recursos adicionales por concepto de viáticos debido a que el saldo disponible a fecha es insuficiente para cubrir las necesidades de la Entidad y es preciso garantizar la provisión de estos hasta finalizar la presente vigencia fiscal.
2. Dirección Administrativa y Financiera: solicita recursos con el fin de adicionar al valor inicial del presupuesto para la adquisición de dos (2) andamios, con base en la actualización del valor a precios de mercado, proceso que se lleva a cabo en la plataforma SECOP 2.
Que el presente traslado no modifica el monto agregado de las apropiaciones de funcionamiento y, al encontrarse dentro de las causales en las que se exceptúa el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, se hace mediante resolución expedida por el Representante Legal de la entidad.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal interno en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2022, por valor de Veintiún Millones Setecientos Noventa y Nueve Mil Quinientos Setenta y Siete pesos M/cte. ($21.799.577), así:
a. Presupuesto de Gastos de Funcionamiento (Adquisición de Activos Fijos) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2022, por valor de Un Millón Setecientos Noventa y Nueve Mil Quinientos Setenta y Siete pesos ($ 1.799.577) m/cte., así:
b. Presupuesto de Gastos de Funcionamiento (Adquisición de servicios) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2022, por valor Veinte Millones de pesos ($20.000.000) m/cte., así:
Artículo 2°. Ordenar a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., efectuar el trámite correspondiente en el Sistema Hacendario Distrital.
Artículo 3°. Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. a la Dirección de Talento Humano, a la Dirección Administrativa y Financiera y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Artículo 4°. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno de reposición o de apelación.
Dada en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de noviembre del año 2022.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE
Secretaria General NOTA DE PIE DE PÁGINA: [1] “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de /995 y Acuerdo 20 de /996 que conforman el Estatuto Orgánica del Presupuesto Distrital”
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