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Resolución 306 de 2022 Instituto Distrital de Turismo

Fecha de Expedición:
02/12/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/12/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7624 del 12 de enero de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 306 DE 2022

 

(Diciembre 02)

 

Por la cual se efectúa modificación del presupuesto Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2022 

 

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6° del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Que el artículo 10 del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”.

 

Que, de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo "Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

 

Que, mediante Acuerdo 006 de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2022, la autorización es hasta DOSCIENTOS DOS MILLONES DE PESOS M. CTE. $202.000.000), sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que, de conformidad con el numeral 3 del Artículo 14 del Acuerdo 07 de 2022 expedido por la Junta Directiva del Instituto, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de NOVENTA Y DOS MILLONES DE PESOS MCTE (92.000.000), fundamentado en la necesidad de cubrir el pago de la indemnización por vacaciones de los ex funcionarios(as) CHRISTIAN DAVID VARGAS QUINTERO identificado con C.C. No. 1.014.234.582 Asesor Observatorio de GERMÁN ANDRÉS ALMEIDA VALLE identificado con C.C. No. 80.028.855 Asesor de la Dirección General, GLENDA PAOLA ARLANT COBO identificada con C.C. No. 52.378.792 Jefe de Oficina Control Disciplinario Interno y GLORIA VERÓNICA ZAMBRANO OCAMPO identificada con C.C. No. 52.553.401 Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, ex funcionarios(as) de planta del Instituto Distrital de Turismo - IDT, adicionalmente una vez realizada la proyección de los pagos a efectuar el mes de diciembre de 2022, se identificaron los rubros que presentan déficit y requieren una mayor apropiación.

 

Que, el parágrafo del Artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021 exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda cuando se efectúen modificaciones en gastos de funcionamiento al interior de los siguientes rubros:

 

"Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”

 

Que, la presente modificación presupuestal se realiza por valor de NOVENTA Y DOS MILLONES DE PESOS MCTE ($92.000.000) entre rubros de funcionamiento, por lo que no requiere concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en atención al citado parágrafo del artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de NOVENTA Y DOS MILLONES DE PESOS MCTE (92.000.000).

 

 

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

 

CONTRACRÉDITOS

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS $ MCT

0211010100101

Sueldo básico

46.000.000

0211010100109

Prima técnica salarial

46.000.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

92.000.000

 

 

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

 

CRÉDITOS

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR EN PESOS $ MCT

0211010100107

Bonificación por servicios prestados

10.000.000

0211010100801

Prima de navidad

32.000.000

021101010010802

Prima de vacaciones

50.000.000

 

TOTAL CRÉDITOS

92.000.000

 

Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

 

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C.  a los 02 días del mes de diciembre del año 2022.

 

ANDRÉS ORLANDO CLAVIJO RANGEL

 

DIRECTOR GENERAL

 

NOTA: Ver norma original en Anexos.