Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
ACUERDO 133 DE 2022
(Diciembre 06)
Por medio del cual se emite concepto favorable a una disminución al Presupuesto de Ingresos y Rentas y Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2022
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTA – ESP EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES Y ESTATUARIAS CONSAGRADAS EN EL NUMERAL 1, DEL LITERAL D DEL ARTÍCULO 11 DEL ACUERDO 05 DE 2019 Y,
CONSIDERANDO:
Que es función de la Junta Directiva, por disposición del numeral 1, del literal D, del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, tramitar las modificaciones y ajustes presupuestales, de acuerdo a su competencia y según lo establecido en el régimen legal vigente y, en particular conforme a lo dispuesto en el Decreto 662 de 2018 y las normas que lo adicionen sustituyan o reformen.
Que conforme a lo establecido en los artículos 2° y 3° del Decreto Distrital 191 de 2021, que reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las Empresas Distritales y dicta otras disposiciones:
“Artículo 2°- Modifíquese el artículo 26 del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así: Artículo 26°-. Modificaciones presupuestales. Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, adiciones, disminuciones y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente:
Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía.
Adición Presupuestal: Es el incremento a la cuantía de una determinada apropiación o creación de una partida que no estaba prevista en el presupuesto inicialmente aprobado.
Disminución Presupuestal: Es la modificación dirigida a reducir el monto de una apropiación. Cancelación de apropiación: Es la supresión de rubros del Presupuesto de Gastos.”
Artículo 3°. - Modifíquese el artículo 27 del Decreto Distrital 662 de 2018, el cual quedará así: Articulo 27.- Aprobación de modificaciones presupuestales. Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretarla Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Cuando se trate de gastos de inversión se requerirá adicionalmente el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Planeación. Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaria Distrital de Salud…”
Que es necesario efectuar una disminución en el Presupuesto de Ingresos y Rentas y Gastos e Inversiones de la vigencia 2022, en Recursos de Capital, por $1.441.285.596.664, la cual se explica así: (i) un menor valor de Transferencias de Capital por $815.140.089.000, por concepto de los aportes de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) para la construcción de la PTAR Canoas, teniendo en cuenta que se tiene previsto desarrollar en la vigencia 2023 el proceso contractual para la construcción y operación, y (ii) una menor programación de Recursos del Crédito por $626.145.507.664, de acuerdo a las necesidades de financiación del presupuesto de gastos e inversiones de la vigencia 2022.
Que es necesario realizar disminuciones en el presupuesto de gastos así: (i) Gastos de Funcionamiento por $63.055.776.000; correspondiente a recursos de tasa retributiva y factor regional 2020 que la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) no cobró en 2022; (ii) Servicio de la Deuda por $14.000.000.000 por no existir la necesidad de capitalizar el fondo de obligaciones contingentes en $10.000.000.000 y no se pagaron intereses por nuevas operaciones de crédito por $4.000.000.000, y (iii) inversión por $219.141.046.161, debido principalmente a la reprogramación de los proyectos para ejecutar en otras vigencias, eficiencias en la contratación y alineación del presupuesto inicial a los precios del Sistema de Avaluó de Infraestructura en el marco del proceso de maduración. Que como consecuencia de los anteriores ajustes la Disponibilidad Final se reduce en $1.145.088.774.503, representados en: los recursos de la SDH para el proyecto PTAR Canoas, $815.140.089.000; Provisión POIR $224.360.000.000 y recursos no asignados a proyectos por $105.588.685.503. Por lo anterior, es necesario realizar una reducción al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia 2022, así:
Ingresos
Gastos
Que con la reducción propuesta, el presupuesto para la vigencia 2022 quedaría conformado así:
Ingresos
Gastos
Que en mérito de lo expuesto, ACUERDA:
Artículo 1. Emitir concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital, aprobación de una disminución al Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - ESP para la vigencia fiscal 2022, por valor de UN BILLÓN CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS ($1.441.285.596.664) M/CTE, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Emitir concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital, aprobación de una disminución al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP para la vigencia fiscal 2022, por valor de DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MIL CIENTO SESENTA Y UN PESOS ($296.196.822.161) M/CTE, conforme al siguiente detalle:
Con los anteriores ajustes al presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones se genera una disminución en la Disponibilidad Final de UN BILLÓN CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TRES PESOS ($ 1.145.088.774.503) M/CTE.
Artículo 3. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 06 días del mes diciembre del año 2022.
NADYA MILENA RANGEL RADA
Presidente
HEYBY POVEDA FERRO
Secretaria |