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Decreto 034 de 2023 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/01/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/02/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7638 del 01 de febrero de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 034 DE 2023

 

(Enero 29)

 

Por medio del cual se adopta la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad, 2022-2040

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1, 3 y 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 315 de la Constitución Política establece como atribución de los alcaldes, cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del Gobierno Nacional y los acuerdos del concejo.

 

Que de conformidad con el artículo 38 numeral 4 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución de la alcaldesa mayor de Bogotá ejercer la potestad reglamentaria, expidiendo los decretos, órdenes y resoluciones necesarios para asegurar la debida ejecución de los acuerdos.

 

Que el artículo 67 de la Constitución Política prescribe la educación como un derecho y un servicio público. Así mismo, en su artículo 70 señala que es deber del Estado promover y fomentar el acceso a la cultura; y en su artículo 71, indica que es deber del Estado crear incentivos para personas e instituciones que fomenten y desarrollen manifestaciones culturales.

 

Que la Ley 98 de 1993, denominada “Ley del Libro”, en línea a dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 70 y 71 de la Constitución Política, estableció las normas sobre la democratización del libro y el fomento de su producción. Esta normatividad, en su artículo indicó como objetivos de la ley, entre otros: estimular el hábito de la lectura de la población colombiana, incentivar la producción intelectual de los escritores y autores colombianos tanto de obras científicas como culturales y lograr la creación y el desarrollo en todo el país de nuevas librerías y bibliotecas.

 

Que la Ley 115 de 1994 “Por la cual se expide la Ley general de educación”, señala las normas generales que regulan el Servicio Público de Educación que cumple una función social, entendida la educación como  un proceso de formación permanente, personal, cultural y social, e igualmente, contiene disposiciones sobre: los procesos de lectoescritura como objetivo en cada etapa obligatoria del ciclo escolar, erradicación del analfabetismo,  educación para grupos étnicos,  diversidad lingüística y  establece que los establecimientos educativos que ofrezcan el servicio por niveles y grados, contarán con una biblioteca e infraestructura para el desarrollo de actividades artísticas y deportivas (artículos 1, 16, 20, 22, 51, 55 y 141) .

 

Que la Ley 397 de 1997, modificada por la Ley 2070 de 2020, dispone en el inciso del artículo 1° que el Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la nación. Por su parte, los artículos 12 y 17 ibidem, establecen normas respecto del patrimonio bibliográfico, el fomento, estímulos a la creación, investigación y actividad artística y cultural, y en el artículo 24 prevé que los gobiernos nacional, departamental, distrital y municipal consolidarán y desarrollarán la Red Nacional de Bibliotecas Públicas con el fin de promover la creación, fomento y fortalecimiento de las bibliotecas públicas y mixtas y de los servicios complementarios que a través de estas se prestan.

 

Que mediante el artículo 91 del Acuerdo 257 de 2006 se transformó el Instituto Distrital de Cultura y Turismo en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, sector que tiene por objeto la orientación y liderazgo en la formulación de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ellas adscritas y vinculadas y la sociedad civil.

 

Que la Ley 1379 de 2010, Por la cual se organiza la red nacional de bibliotecas públicas y se dictan otras disposiciones”, define en el artículo la política de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, regula su funcionamiento y establece los instrumentos para su desarrollo integral y sostenible; en su artículo establece, entre otras, la definición de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, como la red que articula e integra las bibliotecas públicas estatales y sus servicios bibliotecarios en el orden nacional, departamental, distrital y municipal, bajo la coordinación del Ministerio de Cultura–Biblioteca Nacional de Colombia.

 

Que a su turno, el numeral del Artículo 6° ídem, versa sobre los principios fundamentales de las bibliotecas, el cual indica que “Todas las personas tienen derecho de acceso, en igualdad de condiciones y sin discriminación de ningún tipo, a los materiales, servicios e instalaciones de las bibliotecas de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas”. Por su parte, el artículo 8o ibídem, prevé que la Red Nacional de Bibliotecas Públicas incrementará la oferta y mejorará la calidad de los servicios bibliotecarios a partir de una estructura de nodos regionales, departamentales, municipales y distritales, que velen por el desarrollo bibliotecario de cada ente territorial, de modo que se garantice la sostenibilidad técnica, financiera y social de sus bibliotecas públicas.

 

Que mediante el Acuerdo Distrital 644 de 2016, “Por el cual se institucionaliza la Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones” reglamentado por el Decreto 624 de 2016, se institucionalizó la Red Distrital de Bibliotecas Públicas "Biblored" y  creó el Consejo Distrital de Fomento de la Lectura y la Escritura, como órgano consultivo de la Administración Distrital y de la Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá D.C. - “BibloRed”, para el diseño de políticas de lectura y escritura.

 

Que el Decreto ídem, estableció la composición, funciones y demás aspectos relacionados con el Consejo Distrital de Fomento de la Lectura y la Escritura. Así mismo, reguló sus funciones en el artículo ibidem, encontrándose entre ellas, la de recomendar a la Administración Distrital los lineamientos para la elaboración y desarrollo de los planes y políticas de lectura y escritura en la ciudad.

 

Que el Decreto Distrital 340 de 2020, modificado por el artículo del Decreto Distrital 400 de 2022 “Por el cual se modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte”, creó dentro de su estructura la Dirección de Lectura y Bibliotecas, asignándole en el artículo 22, entre otras funciones: “a. Liderar el diseño e implementación de las políticas públicas de fomento en lectura, escritura y cultura digital, proponer su adopción, y orientar los procesos de concertación, así como realizar su seguimiento y evaluación. (…), j. Dirigir la implementación y la evaluación de la política distrital de lectura, escritura, cultura digital y bibliotecas en la Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá́ D.C. - "BibloRed", previa recomendación del Consejo Distrital de Fomento de la lectura y la Escritura, de conformidad con el artículo 7° del Acuerdo Distrital 644 de 2016 o la norma que lo modifique. (…), m. Coordinar con BibloRed las estrategias de cooperación interinstitucional en los territorios para promover a nivel local el desarrollo de los servicios bibliotecarios y los programas de lectura, escritura y cultura digital.”

 

Que la formulación de la Política Distrital de Lectura, Escritura y Oralidad hace parte de los propósitos planteados en el Acuerdo 761 de 2020, “Por medio del cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”. En él se contempla en su artículo 15, el propósito No. 1 “Hacer un nuevo contrato social para incrementar la inclusión social, productiva y política” y en el Programa No. 15 consagra el Plan Distrital de Lectura, Escritura y Oralidad “Leer para la vida”, el cual busca:

 

Formar y desarrollar capacidades de lectura, escritura y oralidad, que favorezcan la comprensión y conlleven al mejoramiento de los niveles de lectura, la generación de estrategias que permitan garantizar a los habitantes de la ciudad, el acceso en condiciones de igualdad a la lectura, la escritura, el libro y las bibliotecas a través de herramientas tanto presenciales como virtuales para motivar el uso y apropiación de la lectura y la escritura como prácticas que permean todos los ámbitos de la vida. Se trata de evidenciar el sentido transformador de la lectura en la vida cotidiana, construir un vínculo entre la lectura y los habitantes de la ciudad y hacer de cada ciudadano un mediador de lectura.”

 

Que, mediante el documento CONPES 4068, “Política Nacional de Lectura, Escritura, Oralidad y Bibliotecas Escolares”, aprobado el 20 de diciembre de 2021, estableció como objetivo: “promover el desarrollo de capacidades en lectura, escritura y oralidad en la población colombiana a partir de: (i) la implementación de acciones que complementen la gestión que han adelantado los sectores de educación y cultura para garantizar el acceso a la cultura oral y escrita en condiciones de calidad, y (ii) la convocatoria de otros sectores del Gobierno nacional cuya participación es relevante para el cumplimiento de los objetivos propuestos, incluyendo la promoción de la gestión del conocimiento para el mejoramiento constante de la política pública y la investigación”.

 

Que durante el año 2021, a través de espacios virtuales y presenciales, se socializó la agenda pública para la formulación de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad, espacios en los que participaron distintos grupos de interés que aportaron desde su misionalidad, saberes, experiencias y experticia a la identificación de factores relevantes y recomendaciones estratégicas para la formulación de la Política Pública.

 

En total, la agenda pública contó con 40 espacios de participación distribuidos entre los 4 grupos de interés (entidades distritales, actores relacionados con las Línea de Producción y Promoción dentro del Ecosistema del Libro y la industria editorial, base ciudadana, instancias de participación). Se contó con la participación de aproximadamente 700 personas durante toda la fase de levantamiento de información primaria. Además, se desarrolló un reto de participación ciudadana en la plataforma Bogotá abierta en el que se recibieron aportes por parte de 300 ciudadanos y que se implementó una encuesta de lectura, escritura, oralidad y espacios de lectura desarrollada en conjunto con la Dirección del Observatorio y Gestión del Conocimiento Cultural con una muestra representativa de 3583 ciudadanos y ciudadanas.

 

Que los espacios de participación desarrollados en la agenda pública aplicada en 2021, así como los procesos de investigación para el diagnóstico en esta fase de la política pública arrojaron una serie de hallazgos que dan cuenta de la necesidad de continuar trabajando en la garantía de oportunidades de acceso a la cultura escrita.


Que para la socialización y validación, teniendo como referencia la experiencia y la información obtenida de la primera fase de agenda pública en 2022, se diseñó e implementó la segunda fase de participación desde un enfoque territorial orientado a la formulación de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad con el objetivo general de socializar y alimentar el proceso de formulación de la Política Pública con la ciudadanía a través de la exposición y trabajo colaborativo de los ejes estratégicos.

 

Se realizaron encuentros en 10 localidades de Bogotá: Engativá, Ciudad Bolívar, Tunjuelito, Santafé, San Cristóbal, Suba, Usaquén y Bosa, Sumapaz y Barrios Unidos, en articulación con diferentes equipamientos públicos y culturales de base ciudadana. Igualmente se socializó con mediadores(as), bibliotecas comunitarias, jóvenes reto y virtualmente con la ciudadanía.

 

Que de conformidad con lo establecido en el artículo del Decreto Distrital 084 de 2022, el cual modificó el artículo 6 del Decreto Distrital 668 de 2017, estableció: “Las Políticas Públicas Distritales podrán ser adoptadas mediante documentos CONPES D. C., o mediante decretos distritales de acuerdo con los criterios que defina el CONPES D.C. y la Guía para la Formulación e Implementación de Políticas Públicas del Distrito, con el fin de garantizar el carácter prospectivo y de largo plazo de las políticas públicas.”.

 

Que la Resolución No. 698 de 2022, “Por medio de la cual se adopta la Guía para la Formulación e Implementación de Políticas Públicas en el Distrito Capital”, dispuso en su artículo : “Adoptar la Guía para la Formulación e Implementación de las Políticas Públicas del Distrito Capital que se encuentra contenida en el anexo de la presente resolución”.

 

Que en el marco del ejercicio de Secretaría Técnica del CONPES D.C. y teniendo en cuenta el procedimiento para la formulación de políticas públicas mediante Decreto Distrital, la Secretaría Distrital de Planeación confirmó la recepción, revisión y emitió concepto técnico favorable de los documentos que hacen parte de la formulación de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad (LEO), mediante comunicación con radicado 1-2022-90155 del 05 de agosto de 2022, corroborándose así el cumplimiento del proceso para la adopción de presente política.

 

La Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad de Bogotá D.C. se adopta mediante el presente decreto distrital.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

TÍTULO I

 

OBJETO, CONCEPTO, ENFOQUE Y ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE LECTURA, ESCRITURA Y ORALIDAD DE BOGOTÁ D.C.

 

Artículo 1º. Objeto: Adóptese la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad para la ciudad de Bogotá D.C., conforme a lo dispuesto en este Decreto.

 

Artículo 2°. Concepto. La Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad establece los lineamientos distritales para ampliar el acceso de la ciudadanía a los espacios y a las prácticas de la cultura escrita en la ciudad y orienta las acciones de los agentes institucionales, comunitarios y sociales involucrados en el sector del sistema del libro y la lectura, y de los actores distritales que a través de su competencia permiten intervenir las brechas que limitan la vinculación a la cultura escrita.

 

Artículo 3°. Ámbito de aplicación. La Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad se aplicará en el territorio urbano y rural de Bogotá, Distrito Capital.

 

Artículo 4°. Categorías conceptuales: Para la formulación de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad, se tienen en cuenta los siguientes conceptos:

 

a) Acceso y disponibilidad: se refiere tanto a la existencia de espacios, servicios, disponibilidad de materiales e infraestructura que permiten que las personas interactúen con la cultura oral y escrita a fin de entender la lectura, la escritura y la oralidad como dispositivos de participación y socialización con otras personas que permiten el acceso a oportunidades y a diferentes modalidades de aprender y de aplicar dichas prácticas en la vida cotidiana.

 

b) Alfabetización múltiple: abarca diferentes formas de alfabetismo que requieren las personas en la actualidad, con la aparición de las tecnologías digitales, para participar, comunicar, informar y difundir información de manera ética y responsable a través de los nuevos medios digitales, utilizando no solo códigos lectoescritores, sino también otros lenguajes multimedia y audiovisuales.

 

c) Lectura: es una práctica que trasciende el conocimiento de la morfología de las palabras, la estructura de las oraciones, las normas ortográficas, las conjugaciones verbales y el vocabulario, que involucra la motivación, la exploración, la comprensión y la concentración. Es un proceso significativo y semiótico, cultural e históricamente situado, que va más allá de la búsqueda del significado y que en última instancia configura al sujeto lector. Leer es un proceso de construcción de significados a partir de la interacción entre el texto, el contexto y el lector.

 

d) Escritura: sistema organizado enmarcado en el lenguaje para representar sonidos a través de un código particular, se trata de una actividad social que permite la expresión en diferentes géneros y con diferentes propósitos comunicativos.

 

e) Oralidad: práctica del lenguaje y construcción social que implica el intercambio de comunicación y silencios, el reconocimiento de sí y del otro, la negociación, la construcción, la contextualización, el movimiento y el saber expresivo.

 

f) Cultura escrita: usos, accesos y formas de la lectura, la escritura y oralidad y apropiación del código escrito y oral según las características vitales de las personas.

 

g) Mediación: iniciativa que provoca y suscita vínculos con la cultura escrita y cultura oral, el acceso y la participación de experiencias alrededor de la cultura escrita y cultura oral y un impulso para su apropiación.

 

h) Condición lectora: agrupa la experiencia individual de lector, regulada por una serie de factores sociales, físicos y políticos que atraviesan la práctica lectora. Relaciona la práctica individual y subjetiva con las características y contextos sociales de los lectores como la trayectoria escolar, la vida laboral, la salud, la edad, entre otros.

 

i) Cultura digital: nueva ecología que condiciona experiencias y oportunidades de la ciudadanía en el entorno de lo digital, que ha implicado nuevas prácticas, posibilidades y amenazas relacionadas con las transformaciones en las formas de comunicarnos, las formas de relacionarnos no solo con otras personas sino también con el conocimiento, la información y los espacios de lectura.

 

j) Circuitos de cultura escrita: están constituidos por espacios públicos, privados, escolares, comunitarios, institucionales e íntimos que se sitúan en diferentes contextos relacionados con prácticas de lectura, escritura y oralidad; así como actividades ligadas a espacios formales y no formales que contribuyen al acercamiento y la construcción de la cultura escrita.

 

k) Diversidad textual y oral: producción de textos, libros y narraciones que sean de diferentes temáticas y, también, de diferentes formatos y soportes. De esta manera, los usos y las prácticas de la escritura, la lectura y la oralidad pueden encontrar caminos diversos e interactuar con contenidos que responden a las necesidades y contextos específicos de las personas.

 

Artículo 5°. Enfoques: La Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad considera el enfoque de derechos humanos como base para reconocer y reivindicar el acceso de cada grupo social a la lectura, la escritura y la oralidad a lo largo de la vida, entendiendo que este es un derecho que se debe garantizar a toda la ciudadanía sin distinción de pertenencia étnica, nacionalidad, edad, género, religión, idioma, discapacidad, condición económica y laboral o nivel de instrucción.

 

Siendo el enfoque de derechos humanos la base de la formulación e implementación de la política pública de Lectura, Escritura y Oralidad, de él se desprenden los siguientes enfoques: 1) Género, 2) Poblacional y diferencial, 3) Territorial y 4) Ambiental.

 

1. El enfoque de género busca visibilizar las desigualdades que existen entre hombres y mujeres, y entre las diferentes masculinidades y feminidades. Comprende las particularidades, necesidades y oportunidades de la población desde esta perspectiva. En el caso de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad está orientada a la visibilización y comprensión de cómo el género, roles de género, identidad de género, orientación sexual y expresión de género impactan las prácticas y experiencias de las personas en torno a la cultura escrita.

 

En razón de lo anterior, la política pública de Lectura, Escritura y Oralidad ahonda en los siguientes aspectos:

 

a) Mujeres, lectura, escritura y oralidad:

 

La Política Pública reconoce el lugar de las mujeres en las prácticas de lectura, escritura y oralidad desde varias perspectivas:

 

i) La visibilización de las mujeres como principales mediadoras de la lectura y la escritura en Colombia y Bogotá, al ser las madres reconocidas como las primeras mediadoras de lectura. 

 

ii) Reconocimiento de las mujeres en la escritura, en consideración con las cargas de cuidado que impiden que las mujeres no tengan la oportunidad de escribir y el poco reconocimiento de las mujeres que escriben y que se expresan en la esfera pública.

 

iii) Transformación de las representaciones de las mujeres en la lectura, escritura y oralidad, desde el reconocimiento de las múltiples escritoras que han sido olvidadas u opacadas por figuras masculinas de la literatura, la prensa, las ciencias sociales, las ciencias; así como de aquellas mujeres “de a pie” desde sus vivencias, saberes, historias de vida, sus acercamientos a la cultura escrita, e incluso desde la apertura de espacios de encuentro con otras mujeres diversas (mujeres campesinas, indígenas, trans, Negro, Afrodescendiente, Raizal y Palenqueros - NARP, Rrom, migrantes, desplazadas, niñas, madres, etc.)

 

iv) Voz y cabida en las múltiples dimensiones de las mujeres en su diversidad, desde el reconocimiento de sus aportes en el campo de la literatura, la oferta de servicios, la articulación entre instituciones y las actividades que propicien encuentros entre mujeres de diversos orígenes y modos de concebir el mundo que las rodea.

 

b) La población LGBTI y con otras orientaciones sexuales e identidades de género diversas, y lectura, escritura y oralidad:

 

Considerar la lectura como una práctica y un espacio social implica que la escritura también lo es. En este sentido, la palabra escrita constituye un medio para expresar y construir tales representaciones, además de ser una herramienta para reconocer y visibilizar los aportes de la población LGBTI y con otras orientaciones sexuales e identidades de género diversas.

 

Para reconocer, visibilizar y celebrar la diferencia y la diversidad, la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad busca acercar y hacer partícipes a las personas LGBTI y con otras orientaciones sexuales e identidades de género diversas, a partir de espacios que les permita expresarse y relatar sus experiencias y dar voz a hombres, mujeres y personas no binarias que día a día resisten en medio de contextos de homofobia, transfobia y discriminación hacia la diversidad sexual y de género.

 

El enfoque de diversidad sexual y de género en la política pública es una apuesta por potenciar y encontrar oportunidades para propiciar las iniciativas ciudadanas de los sectores LGBTI en el acercamiento y apropiación de la lectura, la escritura y la oralidad. Esto en su conjunto posibilita el disfrute de derechos a una vida digna, a la ciudad y a apalancar procesos de formación y educativos que por mucho tiempo fueron y siguen siendo negados a esta población.

 

2. El enfoque poblacional-diferencial. Este enfoque tiene la finalidad de visibilizar las particularidades y necesidades de los grupos poblacionales, así:

 

Desde el enfoque poblacional: visibilización de grupos poblacionales, análisis de situaciones de exclusión y discriminación de las mismas, y generación de acciones diferenciadas por grupo poblacional.

 

Desde el enfoque diferencial: reconocimiento de las particularidades de poblaciones y sectores sociales; análisis interseccional de condiciones, situaciones y características de las personas; y generación de acciones de integración con equidad para garantizar sus derechos en igualdad de condiciones.

 

Ambos enfoques se complementan, puesto que permiten la identificación de características de las personas y grupos sociales para comprender su construcción sociocultural. Posibilitando la comprensión, entre otras cosas, de situaciones de exclusión social, desigualdad en el acceso a la ciudad, necesidades y particularidades. Es así como la visión de lo poblacional y lo diferencial se aplican conjuntamente para garantizar que estas personas tengan acceso efectivo a todos los servicios y atenciones en el Distrito, con el fin de lograr el goce efectivo de sus derechos.

 

Este enfoque poblacional-diferencial se aborda para: a) grupos étnicos b) personas con discapacidad c) grupos etarios y curso de vida y d) situación y condición.  Para todos, teniendo en cuenta las características propias de cada grupo en torno a las prácticas de lectura, escritura y oralidad.

 

a) Grupos étnicos: Reconocimiento de la diversidad de estos grupos a través del análisis detallado para comprender sus particularidades y necesidades. Entre ellos tenemos:

 

i) Población NARP (Negra, Afrocolombiana, Raizal y Palenquera).

 

El reconocimiento a la población NARP implica tener en cuenta no solo sus orígenes y tradiciones en común. También conlleva a considerar las diferencias en sus modos de vida, saberes, lenguas y otros aspectos vinculados a la oralidad, la lectura y la escritura.

 

De ahí que la política pública profundice en cada uno de los grupos que hacen parte de la categoría NARP, pues ello posibilita hallar elementos de interés para la formulación de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad.

 

Para la población negra y afrocolombiana en Bogotá se trabajará en su vinculación a la cultura escrita a través de un diálogo intercultural, que identifique, comprenda y valore su producción e intereses alrededor de la oralidad, la escritura y la lectura. Asimismo, aporte a al entendimiento y construcción del tejido social de la población afrocolombiana y negra en Bogotá.

 

Para el pueblo raizal en Bogotá se reconoce el papel de la oralidad en el uso de la lengua creole, en las actividades de lectura y en la apropiación de las experiencias y saberes, para enfocar la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad a las particularidades y necesidades del pueblo raizal en Bogotá, para garantizar el goce de los derechos culturales de dicha comunidad.

 

Para el pueblo palenquero en Bogotá se identifican algunas de las dificultades y barreras al momento de acceder a la cultura escrita y en la apropiación de su lengua.

 

ii) Pueblo Rrom.

 

El reconocimiento el pueblo Rrom es un aspecto clave para el desarrollo y apalancamiento de actividades que pueden acercar a las personas gitanas y no gitanas a la lectura y la escritura de manera que no solo haya una motivación instrumental. Por el contrario, el reconocimiento de la oralidad, la lectura, la escritura y las producciones que se desarrollan desde el pueblo Rrom conlleva a un diálogo intercultural que en principio le permita a la ciudadanía conocer la riqueza cultural de la ciudad y crear de forma conjunta espacios de encuentro, en el que personas de todas las comunidades escriban, lean y dialoguen juntas.

 

iii) Pueblos indígenas.

 

Favorecer la lectura, la escritura y la oralidad en los pueblos indígenas de Bogotá como puentes de encuentro, comunicación y desarrollo del pensamiento de las culturas indígenas que confluyen en Bogotá y para quienes no hacen parte de ella, constituye un aspecto clave para garantizar el reconocimiento de estas comunidades y sus derechos culturales, así como para favorecer una ciudad intercultural y diversa.

 

b) Personas con discapacidad: reconocer los contextos y necesidades de las personas con discapacidad como grupo social que han sido históricamente discriminados y excluidos de la sociedad. La discapacidad incluye las personas que tienen deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, pueden impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. Por esta razón, el reconocimiento de un enfoque poblacional–diferencial para personas con discapacidad en la política pública implica identificar, considerar y reconocer las particularidades de esta población en el desarrollo de sus procesos de aprendizaje de lectura, escritura y oralidad, así como los sentidos y significados de tales prácticas.

 

c) Grupos etarios y curso de vida: da cuenta de los cambios en las trayectorias vitales de las personas y su relación con el contexto familiar, social, económico, ambiental y cultural en el que se encuentran. Las etapas del curso de vida están clasificadas en grupos etarios, entre los que encontramos primera infancia (0–5 años), infancia (6–11 años), adolescencia (12–18 años), juventud (19–26 años), adultez (27–59 años) y vejez (60 años en adelante). La experiencia de vida de las personas en cada grupo etario está sujeta a transiciones y puntos de inflexión.

 

La política pública contempla las particularidades y derechos que cada curso de vida tiene con relación a la recreación, el juego, el acceso a las actividades y circuitos culturales de la ciudad, a fin de garantizar una vinculación pertinente con las prácticas de lectura, escritura y oralidad.

 

d) Situación y condición: situación hace referencia al conjunto de circunstancias y elementos que contribuyen a generar segregación. Condición corresponde a las circunstancias materiales de vida de una persona o población. Lo anterior, guarda relación con la satisfacción de necesidades, intereses prácticos y requerimientos inmediatos. En esta categoría se encuentran comprendidas las personas según su situación o condición como: habitantes de calle, personas privadas de la libertad y población migrantes en condición de vulnerabilidad.

 

La política pública pone en la mira la necesidad de dignificar la vida de personas privadas de la libertad por medio de la garantía de sus derechos culturales y educativos; así como la importancia de garantizar el reconocimiento de la ciudadanía, el goce pleno de los derechos y la configuración de condiciones que permita a las personas que habitan las calles llevar una vida digna; y favorecer el goce del derecho a la educación, la apropiación de la cultura escrita, el derecho a buscar, recibir y difundir información de los migrantes.

 

3. El enfoque territorial parte de considerar que el espacio es construido social y culturalmente. En este sentido, el territorio posee dos características principales: i) El sentido de pertenencia y apropiación del espacio, que tiene dimensión material y funcional y ii) Surgimiento de afectos y sentimientos que derivan de la relación con el espacio y con quienes se encuentran en él.

 

La Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad reconoce dicho enfoque y lo aborda a través de los componentes de segregación socioespacial y ciudad urbana-ciudad rural según la configuración actual de Bogotá.

           

La Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad busca que el acceso a la cultura escrita y la oralidad sean de goce para todos los territorios de la ciudad, al tener en cuenta sus particularidades, necesidades, prácticas y autonomía.

 

4. El enfoque ambiental guarda una estrecha relación con el enfoque territorial, pues contempla el entorno vital de las personas que habitan la ciudad, lo cual ocurre en un espacio particular en el que construimos relaciones entre la vida humana y los demás seres que lo componen. Este enfoque ambiental desde la política pública apunta a la promoción de espacios sostenibles de lectura y escritura, así como espacios de reflexión sobre las concepciones y prácticas que tenemos en torno a la naturaleza y la relación con ella. Hace referencia a los procesos de producción, circulación, consumo responsable de materiales impresos de lectura, disponibilidad de espacios sostenibles de lectura y escritura y espacios de reflexión sobre las concepciones y prácticas en torno a la naturaleza y la relación con ella.

 

TÍTULO II

 

PRINCIPIOS, OBJETIVO GENERAL Y OBJETIVOS ESPECÍFICOS.

 

Artículo 6°. Principios: La Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad en el Distrito Capital se fundamenta en los siguientes principios:

 

Integralidad: los bienes y servicios generados son interdependientes y en conjunto pretenden aportar al ejercicio ciudadano de los derechos culturales y educativos frente a la cultura escrita.

 

Participación: se establecen mecanismos y escenarios de participación para que la ciudadanía, desde su experiencia individual y colectiva, pueda intervenir en los escenarios de planeación e implementación frente a procesos que coadyuven a generar oportunidades de acceso para la cultura escrita.

 

Universalidad: las oportunidades de acceso a la cultura escrita se brindarán a todas las personas, sin distinción de su identidad, pertenencia étnica, nacionalidad, edad, género, religión, idioma, discapacidad, condición económica, laboral o nivel de instrucción, transcurrir vital, situación o posición.

 

Inclusión: eliminación de barreras que impiden el acceso de todas las poblaciones a la lectura, la escritura y la oralidad, mediante la comprensión de las diferencias y características individuales, territoriales y colectivas de modo tal que los servicios y bienes ofrecidos, aporten a la ciudadanía sin alienarla de su entorno, sus grupos, sus comunidades de referencia y su cultura.

 

Interculturalidad: reconocimiento de la diversidad de culturas y promoción del intercambio entre ellas en equidad, a partir de la permanente relación, comunicación y aprendizaje entre personas, grupos, conocimientos, valores, tradiciones, lógicas y racionalidades. Orientado a generar, construir y propiciar un respeto mutuo y un desarrollo pleno de las capacidades de los individuos y colectivos, más allá de las diferencias culturales y sociales.

 

Autonomía: reconocimiento de la libertad de las personas para tomar decisiones frente a su vinculación con la cultura escrita, sus prácticas y circuitos.

 

Corresponsabilidad: apropiación de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad por parte de todos los actores involucrados interpelados y vinculados en ella.

 

Progresividad: de manera gradual, a través de los bienes y servicios instaurados, se procura obtener los resultados que muestren mejoría en el acceso a la cultura escrita por parte de la ciudadanía en Bogotá.

 

Sostenibilidad: mantenerse en el tiempo y actualizarse a través de los años en correspondencia con la agenda global de desarrollo y de derechos.

 

Intersectorialidad: abordaje de la problemática principal acogida desde la asociación de los sectores de la Administración Distrital para sumar esfuerzos, conocimientos y técnicas según las competencias y misionalidades de cada uno.

 

Articulación territorial: se establecen alianzas y estrategias que permitan disminuir la brecha de inequidad territorial que en materia de acceso a la cultura escrita persiste, a partir de la atención de necesidades reales de las poblaciones en sus territorios.

 

Pertinencia: abordaje y reconocimiento de las particularidades, necesidades y características de las comunidades que deben ser consideradas para que el desarrollo y enfoque de las propuestas de lectura, escritura y oralidad sean acordes con la diversidad de contextos y entornos y logren mayor apropiación social.

 

Artículo 7°. Objetivo general: Garantizar a la ciudadanía las oportunidades de acceso para que a lo largo de la vida participe de manera efectiva de los circuitos y prácticas de la cultura escrita en Bogotá. 

 

Artículo 8°. Objetivos específicos: La Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad en el Distrito Capital tiene los siguientes objetivos específicos:

 

1. Consolidar procesos formativos y de investigación alrededor de la cultura escrita desde una perspectiva de participación ciudadana a lo largo de la vida de las personas y en los diferentes territorios de Bogotá.


2. Implementar una oferta intercultural y diversa de servicios bibliotecarios pertinente para la ciudadanía y los diferentes territorios de Bogotá.


3. Consolidar los procesos creativos y productivos de los actores del ecosistema del libro y la lectura en Bogotá.  


4. Implementar un desarrollo territorializado de la infraestructura física y digital dispuesta para el acceso efectivo de la ciudadanía a la cultura escrita en Bogotá.  


5. Atender los diferentes factores sociales y materiales que impactan en el acceso efectivo de la ciudadanía a los procesos de apropiación de las prácticas de lectura, escritura y oralidad y a los espacios dispuestos para ellas en Bogotá.

 

Artículo 9°. Ejes estratégicos: La Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad se desarrolla a través de seis (6) ejes, los cuales tienen en cuenta siete (7) aspectos transversales: las prácticas de lectura, escritura y oralidad; cultura digital; desarrollo humano; condición lectora; prácticas expansivas; y los enfoques de derechos, género y diversidad sexual, poblacional-diferencial (grupos étnicos, personas con discapacidad y curso de vida), territorial y ambiental.

 

Cada eje contempla los lineamientos para la implementación, seguimiento y monitoreo de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad. 

 

Artículo 10°. Eje 1 - Consolidación de procesos de mediación y formación en el curso de la vida desde una perspectiva diversa y de participación ciudadana para la apropiación efectiva de la lectura, la escritura y la oralidad en los espacios formales y no formales de la cultura escrita en Bogotá. El sector cultura, recreación y deporte en cabeza de la Dirección de Lectura y Bibliotecas y su Red de Bibliotecas Públicas y el sector educación en cabeza de la Secretaría de Educación del Distrito y su red de Bibliotecas escolares deberán promover procesos formativos y de mediación desde una perspectiva diversa e inclusiva, la cual reconozca el aprendizaje a lo largo de la vida, el diálogo de saberes, el multialfabetismo y los distintos modos y espacios en los que tales procesos suceden.

 

Lo anterior en coordinación con los demás sectores de la administración que agrupan poblaciones diferenciales para la reivindicación de sus derechos y que tienen competencias para la transferencia de conocimientos a través de procesos de formación. Asimismo, concierne a los agentes comunitarios y otros asociados al acceso a la cultura escrita en Bogotá tales como librerías, fundaciones, ONGs y otras instituciones privadas y organismos internacionales como el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe - CERLALC.

 

Los procesos formativos y de mediación se enmarcarán en los siguientes componentes:

 

1. Formación de mediadores institucionales: comprende procesos de formación, capacitación y acompañamiento para mediadores(as) de BibloRed, maestros(as), bibliotecarios(as), gestores(as) de bibliotecas escolares, y mediadores(as) de lectura y escritura de IDARTES y otros agentes que lideran procesos de acceso a la información y el conocimiento a nivel distrital.

 

2. Formación de mediadores comunitarios: comprende la oferta de capacitaciones, acompañamiento y talleres dirigidos a mediadores(as) comunitarios(as) tales como coordinadores(as), mediadores(as) y promotores(as) de bibliotecas comunitarias, promotores(as) de iniciativas comunitarias, libreros(as), madres, padres, cuidadores y cuidadoras y en general, a todas las personas interesadas en adquirir herramientas para mediar el acceso a la lectura, la escritura y la oralidad en Bogotá. 

 

3. Procesos de alfabetización, multialfabetización y mediación en el curso de la vida: comprende los procesos que abarcan tanto el desarrollo de competencias de tipo funcional, como integrales que van desde el desciframiento del código escrito y oral, hasta el fortalecimiento de habilidades que implican el pensamiento crítico, el uso de dispositivos electrónicos y herramientas informacionales y digitales. Además de procesos creativos en todas las etapas de la vida considerando la diversidad lingüística tanto en la escuela como en los procesos de formación formales y no formales fuera de ella.

 

Parágrafo. Para el cumplimiento de estos componentes, el distrito a través de sus entidades competentes se encargará de mantener estrategias como la Escuela de Lectores de BibloRed, el fortalecimiento de los currículos de lectoescritura en las instituciones educativas, las alianzas estratégicas con instituciones de educación superior para fortalecer la profesionalización de los agentes involucrados en la mediación de la cultura escrita, la política editorial de Biblored y los concursos e incentivos para promover el desarrollo de las competencias de los mediadores de lectura, escritura y oralidad en la ciudad.

 

Artículo 11°. Eje 2 - Consolidación de procesos de investigación y gestión del conocimiento en torno a la cultura escrita en Bogotá. El sector cultura, recreación y deporte en cabeza de la Dirección de Lectura y Bibliotecas y su Red de Bibliotecas Públicas y el sector educación en cabeza de la Secretaría de Educación del Distrito y su red de bibliotecas escolares deberán promover la revisión y desarrollo de los procesos de investigación y gestión del conocimiento desde la perspectiva de enfoques diferenciales para comprender las dinámicas de la cultura escrita en la ciudad desde los contextos, territorios y poblaciones específicas que la habitan.

 

Lo anterior en coordinación con los demás sectores de la administración, que cuentan con competencias en gestión del conocimiento para el desarrollo equitativo de la ciudad y la reivindicación de derechos de los grupos poblacionales diferenciales. Asimismo, concierne a los agentes comunitarios y otros asociados al acceso a la cultura escrita en Bogotá tales como librerías, fundaciones, ONGs y otras instituciones privadas y organismos internacionales como el CERLALC.

 

La consolidación de procesos de investigación y gestión del conocimiento se enmarca en los siguientes componentes:

 

1. Caracterización y monitoreo: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación deberán establecer mecanismos que permitan identificar periódicamente y de forma dinámica, las prácticas, experiencias y percepciones de las personas frente a la cultura escrita, así como evidenciar cambios en los marcadores establecidos frente a la vinculación y apropiación sostenible de la lectura, la escritura y la oralidad. 

 

2. Medición de impacto: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación deberán implementar estrategias e instrumentos que den cuenta de las transformaciones a mediano y largo plazo, derivadas de las intervenciones y omisiones en el campo de la cultura escrita y su vinculación con la ciudadanía, a partir de fuentes válidas y confiables. 

 

3. Promoción de procesos locales de investigación y gestión del conocimiento: los agentes relacionados con la investigación y gestión del conocimiento de naturaleza pública y privada promoverán procesos de investigación sobre la cultura escrita, su comportamiento en relación con los territorios, los colectivos sociales y la población en general en contextos locales, barriales y comunitarios.

 

4. Innovación para facilitar acceso a la cultura escrita: los agentes relacionados con la investigación y gestión del conocimiento de naturaleza pública y privada promoverán la transformación de estrategias, herramientas, tecnologías y protocolos asociados a las prácticas y circuitos en torno a la lectura, la escritura y la oralidad, según los cambios sociales, políticos, económicos y tecnológicos en el Distrito, el país y el ámbito global. Además, promoverán la creación de semilleros de investigación y otras iniciativas que desde lo público y lo privado indaguen sobre la relación de la cultura escrita con lo que acontece en estas áreas de desarrollo y su impacto en la calidad de vida de las personas (o viceversa).

 

Parágrafo. Para el cumplimiento de estos componentes, el Distrito a través de sus entidades competentes se encargará de mantener estrategias como los procesos de investigación asociados a BibloRed, el observatorio de prácticas lectoras de BibloRed, la identificación georreferenciada de prácticas alrededor de la cultura escrita en la ciudad, la encuesta de lectura, escritura, oralidad y espacios de lectura  que mide la percepción ciudadana sobre la cultura escrita en la ciudad, la interoperabilidad de las plataformas para la gestión de la información, el mantenimiento de nuevas funcionalidades y desarrollo de las plataformas digitales como la Biblioteca Digital de Bogotá, los estímulos a la investigación en el marco del Programa Distrital de Estímulos y los espacios de socialización del conocimiento alrededor de la lectura, la escritura y la oralidad en Bogotá.

 

Artículo 12°. Eje 3 - Implementación de una oferta de servicios bibliotecarios diversa, intercultural y pertinente para la apropiación efectiva de la cultura escrita por parte de la ciudadanía en los diferentes territorios de Bogotá: El sector cultura, recreación y deporte en cabeza de la Dirección de Lectura y Bibliotecas y su Red de Bibliotecas Públicas y el sector educación en cabeza de la Secretaría de Educación del Distrito y su red de Bibliotecas escolares implementará su oferta de servicios bibliotecarios desde la perspectiva del diseño universal que propone unos mínimos de accesibilidad para que todas las personas, en la mayor medida posible, puedan participar efectivamente de los circuitos y prácticas de la cultura escrita en la ciudad y también acciones afirmativas que fortalezcan la participación de grupos diferenciales en la oferta de servicios bibliotecarios de la ciudad.

 

Lo anterior, en coordinación con los demás sectores de la administración que atienden grupos poblacionales diferenciales desde las aproximaciones de identidad, pertenencia, transcurrir vital, condición, situación y posición. Los agentes comunitarios y otros asociados al acceso a la cultura escrita en Bogotá tales como librerías, fundaciones, ONGs y otras instituciones privadas y organismos internacionales como el CERLALC se podrán articular a los servicios y programas generados.

 

La implementación de la oferta de servicios bibliotecarios diversa e intercultural para la apropiación efectiva de la cultura escrita en Bogotá se enmarca en los siguientes componentes:


1. Diseño universal de la oferta desde un enfoque inclusivo: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación deberán ofrecer servicios que no necesiten ninguna adaptación especial para que las personas puedan acceder a ellos, entenderlos y disfrutarlos. De esta manera, la oferta de servicios deberá tener en cuenta distintos formatos de comunicación para facilitar su comprensión y evitar al máximo los niveles de complejidad innecesarios.

 

2. Diseño de oferta basado en la caracterización poblacional-diferencial: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación por medio de acciones afirmativas deberán dar espacio y visibilidad a las necesidades particulares de los distintos grupos que hacen parte del enfoque poblacional y diferencial. 

 

3. Diversidad textual y diversidad lingüística: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación ofrecerán materiales que respondan a las necesidades de los grupos diferenciales, especialmente, las personas con discapacidad, personas mayores e infancia y primera infancia. Asimismo, procurarán la disponibilidad de textos, libros, narraciones y contenidos de la cultura escrita que sean de diferentes temáticas, formatos, soportes y que reconozcan la diversidad lingüística que convive en la ciudad: audiolibros, libro álbum, contenidos en braille, libros con letras legibles para personas con dificultad para ver, entre otros.

 

4. Diálogo de saberes: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación promoverán el diálogo intergeneracional e intercultural para fortalecer las relaciones horizontales y democráticas en el ejercicio de reflexionar y pensar las prácticas de lectura, escritura y oralidad en la ciudad.

 

5. Participación ciudadana: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación promoverán la participación ciudadana para que las personas puedan participar de forma activa en la toma de decisiones y en la planeación de actividades que impacten su comunidad o territorio desde el reconocimiento de su contexto y condiciones específicas. Esta participación puede estar vinculada a procesos de co-creación o consulta que tengan en cuenta las opiniones y saberes de la ciudadanía para el uso y distribución de las prácticas de la cultura escrita en Bogotá.

 

6. Difusión y comunicación: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación divulgarán y difundirán la oferta de contenidos e información relacionada con la cultura escrita en la ciudad (programación cultural, concursos, ferias y oportunidades) a través de canales de difusión como redes sociales, radio, pauta por televisión, y en general por cualquier medio o plataforma con alcance barrial, local y/o distrital.

 

Parágrafo 1. Para el cumplimiento de estos componentes el Distrito a través de sus entidades competentes se encargará de garantizar el desarrollo y actualización permanente de los servicios bibliotecarios que ofrecen los espacios de lectura que hacen parte de la Red Distrital de Bibliotecas Públicas–BibloRed y de las bibliotecas escolares de Bogotá. Asimismo, se encargará de mantener estrategias como los espacios de participación ciudadana, encuentros comunitarios, interculturales y territoriales y la articulación constante con las instancias que participan de la coordinación de la política tales como el Consejo de Fomento de la Lectura y la Escritura y el Consejo Distrital de Literatura.

 

Parágrafo 2. La implementación de la oferta de servicios bibliotecarios que garantice los mínimos de accesibilidad para todas las personas estará en armonía con las disposiciones que en materia normativa existen o se adopten a nivel nacional y distrital.

 

Artículo 13°. Eje 4 - Implementación de un desarrollo territorializado de la infraestructura física y digital dispuesta para el acceso a la cultura escrita en Bogotá: El sector cultura, recreación y deporte en cabeza de la Dirección de Lectura y Bibliotecas y su Red de Bibliotecas Públicas y el sector educación en cabeza de la Secretaría de educación del Distrito y su red de Bibliotecas escolares deberán garantizar el desarrollo físico de la infraestructura dispuesta para la cultura escrita a través de procesos de actualización, ampliación y mantenimiento que resulten pertinentes para las necesidades de la ciudadanía.

 

Lo anterior en articulación interinstitucional con actores de la Administración Distrital que cuenten con equipamientos sociales, artísticos y comunitarios en las diferentes localidades de la ciudad y con el apoyo que puedan ofrecer las diferentes instituciones de cooperación internacional para contribuir al desarrollo de la edilicia bibliotecaria en Bogotá.

 

La implementación de un desarrollo territorializado de la infraestructura física y digital para el acceso a la cultura, escrita en Bogotá se enmarca en los siguientes componentes:

 

1. Desarrollo de la edilicia bibliotecaria: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación actualizarán y realizarán el mantenimiento periódico de la infraestructura física y digital para el acceso a la cultura escrita de acuerdo con la normativa técnica y los estándares de funcionamiento que mejoren sus condiciones de accesibilidad, representatividad y comodidad para la prestación de los servicios bibliotecarios acorde con la sostenibilidad ambiental. Asimismo, procurarán la construcción de nuevos espacios de lectura en la ciudad, convencionales y alternativos, teniendo en cuenta la pertinencia frente a la densidad poblacional, condiciones sociales y los lineamientos del plan de ordenamiento territorial. 

 

2. Actualización y mantenimiento de dotaciones y materiales: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación garantizarán el desarrollo de los fondos bibliográficos, su buen estado y diversidad para permitir el acceso por parte de los grupos poblacionales de la ciudad. Asimismo, deberán promover la conservación, reemplazo o modernización de la dotación de los espacios de lectura. 

 

3. Articulación interinstitucional: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación promoverán la articulación de la edilicia bibliotecaria con equipamientos sociales y comunitarios en las zonas locales y rurales de la ciudad a fin de favorecer la disponibilidad de los servicios de extensión mediante la creación de vínculos con iniciativas e infraestructuras locales, comunitarias e institucionales, de real o potencial acogida dentro de la población para ampliar la cobertura y la apropiación.

 

4. Planeación territorializada: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación implementarán las estrategias de fortalecimiento de los espacios de cultura escrita de acuerdo con las particularidades de los territorios de Bogotá para cumplir con criterios de pertinencia, sostenibilidad, cobertura y apropiación.

 

5. Desarrollo de planes de actualización y mejoramiento: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte desarrollará estrategias para la actualización y fortalecimiento del talento humano encargado del desarrollo y ejecución de los servicios bibliotecarios. Asimismo, promoverá el desarrollo normativo y administrativo que sea necesario para que los principios y lineamientos de la política pública sean transversales en el desarrollo organizacional de la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá.

 

Parágrafo. Para el cumplimiento de estos componentes el Distrito a través de sus entidades competentes se encargarán de consolidar alianzas estratégicas en el marco del Sistema Distrital de Bibliotecas, para enlazar las apuestas existentes en materia de infraestructura bibliotecaria y sus servicios, desde las bibliotecas públicas, escolares, de educación superior, especializadas, comunitarias y otras unidades de información.

 

Artículo 14°. Eje 5 - Consolidación de los procesos creativos y productivos de los actores del ecosistema del libro y la lectura en Bogotá: el sector cultura, recreación y deporte en cabeza de la Dirección de Lectura y Bibliotecas y su Red de Bibliotecas Públicas e IDARTES a través de su gerencia de literatura promoverán la consolidación de los procesos creativos y productivos de los actores del ecosistema del libro y la lectura con el fin de aportar a su sostenibilidad a partir de alianzas y articulaciones entre el sector público, el sector privado y las iniciativas ciudadanas.

 

Lo anterior, en coordinación con los demás sectores de la administración que promueven el desarrollo económico, el emprendimiento y la sostenibilidad de proyectos artísticos y culturales. Los agentes comunitarios, las editoriales, librerías, distribuidoras, autores, correctores de estilo, traductores, ilustradores, y demás oficios relacionados con el ecosistema del libro y la lectura podrán participar de las estrategias de fortalecimiento.

 

La consolidación de los procesos creativos y productivos de los actores del ecosistema del libro y la lectura en Bogotá se enmarca en los siguientes componentes: 

 

1. Formación: La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte e IDARTES promoverán procesos de formación y capacitación a actores del ecosistema del libro para el fortalecimiento de los oficios a partir de programas que contemplen el desarrollo de competencias jurídicas, comerciales, financieras y habilidades y destrezas alrededor de los nuevos formatos, contenidos y canales de circulación que ofrece la cultura digital.

 

2. Creación:  la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte e IDARTES promoverán los procesos de creación alrededor de la cultura escrita en la ciudad atendiendo las necesidades, intereses y gustos de la ciudadanía a través de cursos, talleres y procesos de formación en escritura creativa y otras formas de expresión artística relacionadas con la cultura escrita.

 

3. Producción: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte e IDARTES promoverán incentivos y procesos de retribución para la dinamización de proyectos creativos y editoriales, así como estrategias que permitan retribución y sustento económico y mercantil, condiciones laborales y reconocimiento social a dichos oficios.

 

4. Derechos de autor: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte e IDARTES promoverán la protección de la actividad artística, la investigación científica y las diferentes expresiones y obras alrededor de la cultura escrita para la garantía de los derechos de los actores creadores del ecosistema del libro y la lectura.

 

5. Circulación y distribución: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte e IDARTES promoverán y fortalecerán los canales de circulación y distribución de libros y contenidos de la cultura escrita, desde una perspectiva territorial que contribuya a tener acceso a contenidos locales de calidad en los espacios lectores de la ciudad como bibliotecas, espacios alternativos de lectura, plataformas digitales de comercialización y acceso, espacios de formación, librerías y otros equipamientos culturales y educativos.

 

6. Estrategias de valoración social del libro: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, IDARTES y la Secretaría de Educación del Distrito, garantizarán el desarrollo de ferias, festivales y encuentros alrededor de la cultura escrita en Bogotá.

 

Parágrafo 1. Para el cumplimiento de estos componentes el Distrito a través de sus entidades competentes se encargará de mantener los incentivos y reconocimientos a través del Programa Distrital de Estímulos y el apoyo a ferias y festivales como la Feria Internacional del Libro, las Ferias Locales de arte, las ferias de editoriales independientes.

 

Parágrafo 2. Para el cumplimiento de estos componentes el Distrito a través de sus entidades competentes promoverá la participación de editoriales y librerías locales en los comités de selección de libros para las colecciones de las bibliotecas públicas y escolares de la ciudad.

 

Artículo 15°. Eje 6 - Atención a los factores sociales y materiales que impactan en el acceso de la ciudadanía a la cultura escrita a los procesos de apropiación de las prácticas de lectura, escritura y oralidad y a los espacios dispuestos para ellas en Bogotá: El sector cultura, recreación y deporte en cabeza de la Dirección de Lectura y Bibliotecas y su Red de Bibliotecas Públicas y el sector educación en cabeza de la Secretaría de educación del Distrito y su red de Bibliotecas escolares generarán alianzas para atender los factores sociales que implican limitaciones y/o barreras para acceder de manera adecuada a los circuitos, prácticas, planes y acciones de la cultura escrita.

 

Lo anterior, en articulación interinstitucional con actores de la Administración Distrital cuya competencia radique en resolver o mitigar factores que afecten la calidad de vida en la ciudad y con el apoyo que puedan hacer las diferentes instituciones de cooperación internacional que contribuyan al desarrollo sostenible de la ciudad.

 

La atención de los factores sociales y materiales que impactan en el acceso de la ciudadanía a la cultura escrita en Bogotá, se enmarca en los siguientes componentes:

 

1. Barreras físicas y/o materiales: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación procurarán mitigar las condiciones físicas y/o materiales que establecen limitaciones para acceder a la cultura escrita de manera plena tales como: enfermedades de salud visual, hambre y desnutrición, problemas de movilidad (seguridad en los medios de transporte, tiempo de desplazamiento –altos niveles de tráfico y embotellamiento–, señalización adecuada), problemas de sostenibilidad y medio ambiente (cambio climático escasez de recursos y materias primas, uso y disposición inadecuados de los residuos), brecha digital; a partir de estrategias de prevención y mejoramiento de los factores asociados mencionados anteriormente.

 

2. Barreras sociales: la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría de Educación buscarán alternativas para mitigar los factores socioculturales que afectan el ejercicio pleno de la cultura escrita tales como prevención de enfermedades de salud mental, desigualdad de género, exclusión social, desempleo; a través de estrategias de prevención y promoción desde los espacios de cultura escrita y su oferta de servicios.

 

Parágrafo. Para el cumplimiento de estos componentes el Distrito a través de sus entidades competentes se encargarán de promover la afiliación de cada ciudadano al Sistema Distrital de Bibliotecas, el mejoramiento de los entornos asociados a los espacios de la cultura escrita, el desarrollo de estrategias contra la discriminación en las bibliotecas públicas de la ciudad y la promoción de la salud pública.

 

Artículo 16°. Entidades y sectores corresponsables: la coordinación de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad es función de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deportes, con apoyo de la Secretaría de Educación del Distrito y el Instituto Distrital de las Artes, IDARTES como actores co-formuladores.

 

TÍTULO III

 

ORIENTACIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA POLÍTICA PÚBLICA

 

Artículo 17°. Institucionalización de la Política: la institucionalización de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad requiere del trabajo intersectorial entre la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, la Secretaría de Educación y el Instituto Distrital de las Artes, para su fase de implementación y seguimiento. Por ello se mantendrá la articulación en las acciones, en el cumplimiento de las metas y la asignación de los recursos, los cuales según la misionalidad de cada entidad deberán aportar para la implementación de la política. Los lineamientos de la política pública se deberán tener en cuenta en la formulación de los planes de lectura de cada administración teniendo en cuenta sus principios, enfoques y las metas e indicadores del plan de acción.

 

Artículo 18°. Responsabilidades frente a la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad: la Dirección de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad estará a cargo de la alcaldesa o alcalde mayor de la ciudad. La implementación y desarrollo de la política pública, dada su intersectorialidad e integridad, será asumida por el Sector Cultura, Recreación y Deporte en coordinación con los sectores Educación, Mujer, Planeación, Gobierno, Salud, Integración Social, Desarrollo Económico, Industria y Turismo; Seguridad, Convivencia y Justicia, y sus respectivas entidades adscritas y vinculadas, quienes además velarán por el cumplimiento, continuidad y control de los lineamientos, estrategias y productos de la Política Pública.

 

Las entidades de los sectores referidos que asumirán la materialización de la Política Pública de acuerdo con el Plan de Acción que hace parte integral del presente decreto son: Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, Secretaría de Educación del Distrito, Secretaría Distrital de la Mujer, Secretaría Distrital de Planeación,  Secretaría Distrital de Salud, Secretaría Distrital de Integración Social, Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia, Instituto Distrital de las Artes, Instituto Distrital de la Participación y la Acción Comunal, Instituto Distrital de Turismo, Fundación Gilberto Álzate Avendaño.

 

Las responsabilidades de cada sector y entidad, se encuentran consignadas en el plan de acción anexo con metas planteadas a 2040; por lo cual, su contenido deberá tenerse en cuenta en la formulación de los planes de desarrollo involucrados en este plazo.

 

Artículo 19°. Seguimiento. El seguimiento a la implementación de la política pública se realizará trimestralmente a través del plan de acción, con corte a marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año y en atención a lo establecido en la Guía de Seguimiento y Evaluación de Políticas públicas definida por la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Cada entidad responsable deberá diligenciar la información en el formato dispuesto para ello, según las metas que tienen a cargo.

 

La Secretaría de Cultura Recreación y Deporte, la Secretaría de Educación del Distrito y la Secretaría Distrital de Planeación generarán alertas tempranas frente a atrasos o ajustes necesarios. También, desarrollarán mesas intersectoriales de seguimiento, gestión y acuerdos para la mejora.

 

Parágrafo. La política pública se articulará con el Consejo Distrital de Fomento de la Lectura y la Escritura y el Consejo Distrital de Literatura dada la relevancia para el ecosistema del libro y la lectura.

 

Artículo 20°. Evaluación: La política pública contará con tres (3) evaluaciones intermedias, que coincidirán con el cambio de periodo de gobierno.

 

La primera, será una evaluación institucional y de procesos, que buscará determinar si la operación se está desarrollando con eficacia y eficiencia, si ha mejorado la gestión frente a la cultura escrita, si ha habido adherencia y apropiación del componente programático de la política y si los actores involucrados están articulados y tienen capacidad organizacional.

 

Las dos últimas serán evaluaciones de productos y resultados, para determinar el grado de avance de la política, según la calidad y oportunidad de los bienes y servicios entregados, la materialización de las metas y la contribución de los actores involucrados. También se considera una evaluación ex-post de impacto al finalizar el periodo de la política, para determinar en qué medida los resultados obtenidos se corresponden con la apuesta entregada.

 

Artículo 21°. Plan de Acción de la Política:  Adóptese el Plan de Acción de la Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad contenido en el Anexo 1 el cual hace parte integral del presente Decreto.

 

Parágrafo. En caso de requerirse un ajuste al plan de acción de la política pública, la entidad líder de la implementación hará el análisis de viabilidad técnica de dicho ajuste, de encontrarlo pertinente, se podrá realizar previa aprobación de la Secretaría Distrital de Planeación según el procedimiento técnico establecido.

 

Artículo 22°. Armonización de la Política con el Plan de Desarrollo Distrital y otros instrumentos de planeación: La Política Pública de Lectura, Escritura y Oralidad de Bogotá D.C. se armonizará y estará en coherencia con los instrumentos de planeación con los que cuenta el Distrito y con los que se relaciona por su temática con cada política, así:

 

i) El Plan Distrital de Desarrollo.

 

ii) El Plan Sectorial de Educación. La educación en primer lugar. En tanto desarrolla la visión de educación de la Administración Distrital y profundiza en las acciones que se ha comprometido el Plan de Desarrollo.

 

iii) Plan de Ordenamiento Territorial.

 

iv) Política Pública Distrital de Economía Cultural y Creativa.

 

v) Política de Ciencia, Tecnología e Innovación 2019-2038.

 

vi) Política Pública Distrital de Educación Ambiental.

 

vii) Política Pública de Ruralidad del Distrito Capital.

 

viii) Política Pública Integral de Derechos Humanos.

 

ix) Política Pública de Mujeres y Equidad de Género en el Distrito Capital.

 

x) Lineamientos de la Política Pública para la garantía plena de los derechos de las personas lesbianas, gay, bisexuales y transgeneristas - LGBT - y sobre identidades de género y orientaciones sexuales en el Distrito Capital.

 

xi) Política Pública de Discapacidad para el Distrito Capital.

 

xii) Política Pública de Juventud para Bogotá D.C.

 

xiii) Política Pública de Infancia y Adolescencia de Bogotá D.C.

 

xiv) Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el D.C. 2010 - 2025.

 

xv) Política Pública Distrital para el Fenómeno de la Habitabilidad en Calle 2015 - 2025.

 

xvi) Política Pública para la Adultez en el D.C 2011-2044.

 

xvii) Política Pública de Actividades Sexuales Pagadas (PPASP) del D.C. 2020-2029.


xviii) Plan de Gestión Ambiental del D.C. - PGA 2008-2038.

 

xix) Las políticas públicas étnicas en proceso de reformulación podrán ser objeto de armonización con la presente Política de Lectura, Escritura y Oralidad, si hay lugar a ello. 

 

Artículo 23°. Financiación: La Política Pública de Lectura Escritura y Oralidad contará con recursos de diferentes fuentes de financiación, entre las que se encuentran recursos propios.

 

El instrumento mediante el cual las entidades establecieron la inversión para la implementación de la Política Pública corresponde a la matriz de plan de acción, la cual hace parte integral del presente decreto.

 

Artículo 24° Documento de Diagnóstico y Documento Soporte: El decreto cuenta con el Documento de Diagnóstico como anexo, el cuál fue construido con amplia participación ciudadana donde se expone las circunstancias fácticas, conceptuales y jurídicas alrededor de la formulación de la política pública de Lectura Escritura y Oralidad en el Distrito y el sustento técnico contenido en el Plan de Acción (Anexo 1), el cual incluye las hojas de vida de los indicadores de resultados y de producto. El Diagnóstico se encuentra en el Anexo 2 que hace parte integral de este decreto.

 

Así mismo, cuenta con el Documento Soporte como Anexo 3, el cual fue construido bajo los criterios expuestos en el “Procedimiento para la formulación y adopción de políticas públicas mediante Decreto Distrital", expedido por la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Artículo 25°. Vigencia. El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de enero del año 2023.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

FELIPE JIMÉNEZ ÁNGEL

 

Secretario Distrital de Gobierno

 

MARÍA MERCEDES JARAMILLO GARCÉS

 

Secretaria Distrital de Planeación

 

ALFREDO BATEMAN SERRANO

 

Secretario Distrital de Desarrollo Económico

 

EDNA CRISTINA BONILLA CEBA

 

Secretaria de Educación del Distrito

 

ALEJANDRO GÓMEZ LÓPEZ

 

Secretario Distrital de Salud

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

Secretaria Distrital de Integración Social

 

CATALINA VALENCIA TOBÓN

 

Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

DIANA RODRÍGUEZ FRANCO

 

Secretaria Distrital de la Mujer

 

ANÍBAL FERNÁNDEZ DE SOTO

 

Secretaria Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia

 

Nota: Ver norma original y anexos en Anexos.