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Decreto 2160 de 2004 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
06/07/2004
Fecha de Entrada en Vigencia:
08/07/2004
Medio de Publicación:
Diario Oficial 45603 de julio 8 de 2004
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 2160

DECRETO 2160 DE 2004

(Julio 6)

Compilado en el Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015 del Sector Trabajo

"Por el cual se reglamenta el artículo 8º del Decreto-ley 254 de 2000".

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º. Permiso para despedir trabajadores con fuero sindical. Dispuesta la supresión de cargos de la entidad en liquidación conforme lo prevé el artículo 8º del Decreto-ley 254 de 2000, el liquidador procederá a solicitar permiso al juez laboral, para retirar a los servidores amparados por fuero sindical.

El término de prescripción de la respectiva acción empezará a correr a partir del día siguiente al de la publicación del acto que ordena la supresión del cargo.

Artículo 2º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 6 días del mes de julio del año 2004.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Diego Palacio Betancourt.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial No. 45.603 de Julio 8 de 2004.